Apuntes
1. EL Derecho civil aragonés como seña de identidad aragonesa.
Raíces históricas y fundamento constitucional.
El derecho civil aragonés constituye una de las señas de la identidad aragonesa, por
tanto según Joaquín Costa dice que Aragón se define por su derecho.
El derecho aragonés siempre ha existido, y siempre ha sido foral, fueros que apartir de
1247 se entienden no como privilegios que podían dar los reyes, sino como normas
pactadas del rey con las cortes de Aragón. Los fueros de Aragón que nunca han estado
subordinados a otros, y de aquí que constituyan la base de la legislación aragonesa y lo
que hace que hoy en día tengamos derecho civil aragonés.
La CE de 1978, en su art 149.1.8 reconoce a las CCAA con derecho civil propio,entre las
cuales se encuentra Aragón, competencia para conservar, modificar y desarrollar su
derecho civil propio; CE que además configuró el estado español como autonómico. Si
Aragón hoy en día tiene derecho civil propio y nuestro parlamento puede legislar
derecho civil propio es porque tiene fundamento constitucional, y esto porque cuando
entra en vigor la CE, tenía derecho civil propio recogido enla compilación de derecho
civil aragonés de 1967.
Junto a esta competencia que tiene Aragón, al igual que el resto de las comunidades
forales y no forales, tiene competencia para legislar en otras materias, en materias que
le reconoce a las comunidades forales el art 148 CE (materias no civiles). Las materias
que enumera este artículo son materias de derecho público: entre ellas agricultura,ganadería o asistencia social ( protección de menores) tienen incidencia en derecho
civil. El art 148 recoge un derecho autonómico no foral, dentro del cual hay normas
civiles.
En definitiva, el derecho civil aragonés es primero derecho autonómico, porque forma
parte del ordenamiento jurídico de la CA de Aragón, pero es además derecho foral,
porque se basa en los fueros (derecho histórico), cosa queno sucede con las normas
que aprueba Aragón en base al art 148 CE.
2. Los orígenes. La inicial diversidad jurídica
En el Reino de Aragón hasta 1247 existía una dispersión normativa, pues existía una
pluralidad de normas de origen consuetudinarias, que tenían un ámbito territorial muy
reducido; junto a los cuales existían fueros en el sentido de privilegios, que bien el rey
o los señores concedíana las villas para atraer población, a estos privilegios se les
llama fueros breves o cartas de población. Estos fueros han sido agrupados en tres
familias:
1
-la foralidad burguesa, tiene como principal fuero el de Jaca, y tenía como objeto
atraer a comerciantes, burgueses.
-la foralidad militar (infanzona). Se inicia con el fuero breve de Barbastro hasta
Zaragoza, y su finalidad es proteger alos militares.
-y la foralidad Extremadura. Son fueros breves dirigidos a atraer población de la
Extremadura aragonesa. Abarcaba los fueros de Daroca, Calatayud, Teruel y
Albarracín.
Estos fueros breves tienen muy poco contenido de derecho civil, que se recogerá mas
adelante en los fueros extensos. De estas foralidades nos interesa la burguesa, y esto
porque en el fuero de Jaca, ampliado en elfuero extenso se va a inspirar los fueros de
Aragón (compilación de Huesca, de 1247) y de ahí nuestro derecho civil aragonés .
3. Del Fuero de Jaca a la Compilación de Huesca de 1247
El fuero de Jaca, del año 1076-1077, fue otorgado por Sancho Ramírez para atraer a
Jaca ( que era en aquel momento la única ciudad del Reino) población y convertirla en
una ciudad burguesa, ciudad dedicada al comercio.De hecho muchos de los
pobladores que atrajeron eran francos comerciales. Por las mismas fechas se levanta la
catedral de Jaca.
Este fuero no tienen normas de derecho privado, pero si de derecho penal y público.
Pero si que contiene ya dos instituciones civiles, una de ellas es la alera foral.
Con el tiempo a este fuero breve, se le van aplicando nuevas normas (sin sanción
oficial), pues los...
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