ARBITRAJE
Una de las características del arbitraje es que el laudo arbitral es inapelable, es decir, que
el arbitraje es de única instancia; sin embargo, contra el laudo, se puede interponerciertos
recursos (especialmente los recurso horizontales) que son los de aclaración, ampliación
y reformas.
CLASIFICACION DE LOS RECURSOS
- verticales (casación-hecho, apelación-hecho, nulidad, revisióo alrecurso de hecho se lo caracteriza o se los denomina como recurso
de queja o denegada aplicación.
o los recursos verticales no pueden ser aplicados contra el laudo.
o estos recursos son conocidos yresueltos por jueces superiores.
- horizontales (aclaración, apelación, reforma y revocatoria)
o estos recursos los conoce y los resuelve el juez que emitió la
providencia.
Para determinar lanaturaleza de cada recurso surgen 2 preguntas:
¿Quién es el competente para resolver y conocer el recurso?
¿contra qué providencia cabe el recurso?
Y es por esta razón que la clasificación de laprovidencia no es en vano, porque
me va a servir para saber qué recursos se va a interponer sobre esa providencia.
Como se dijo, contra el laudo arbitral no se puede interponer recursos verticales,
pero si sepuede interponer una acción de nulidad (art. 31 Ley de arbitraje y
mediación).
Esta acción de nulidad es quien activa el control jurisdiccional ex
post.
Siguiente método heterocompositivo de resoluciónde conflicto: Proceso
judicial
Es aquel conjunto de actos, unos ejercidos por el juez, otros por las pares y
terceros, que concatenados uno con otro le permite al tercero neutral emitir su
decisiónfinal.
El proceso judicial es aquella herramienta que tiene el juez para ejercer
jurisdicción. Es el medio donde legalmente se desarrolla la función jurisdiccional.
LOS RECURSOS DE HECHOS
el recursode hecho no es independiente, este recurso procede cuando me
negaron el recurso de apelación, y es por esta razón que nace la pregunta:
¿Cómo es la mecánica procesal?
Cuando se interpone un...
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