Areas laborales en las que pueda desarrollarse el ingeniero civil.
Por
Lo
Tanto
Gerencia
Construccion de obras
Elaboracion de proyectos.
Asesorias tecnicas.CAPITULO VIII
Del Colegio deIngenieros de Venezuela
Artículo 21.
El Colegio de Ingenieros de Venezuela es un cuerpo moral de carácter público y, como tal, tiene
personalidad jurídica y patrimonio propio, con todos losderechos, obligaciones, poderes y
atribuciones que le señala la Ley. Su sede está en la Capital de la República.
Estará integrado por todos los profesionales inscritos en el mismo, hállense o no enel ejercicio de su
profesión. El Colegio de Ingenieros de Venezuela dictará su propio ordenamiento interno.
Artículo 22.
El Colegio de Ingenieros de Venezuela tendrá como fines principales lossiguientes: servir como
guardián del interés público y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia,
fomentar el progreso de la ciencia y de la técnica, vigilar el ejercicioprofesional y velar por los
intereses generales de las profesiones que agrupa en su seno y en especial por la dignidad, los derechos
y el mejoramiento de sus miembros.
No podrá desarrollaractividades de carácter político partidista o religioso, ni asumir actitudes de la
índole expresada.
Artículo 23.
El Colegio de Ingenieros de Venezuela organizará Centros de Ingenieros en la ECAPITULO VI
De las Construcciones, Instalaciones y Trabajos.
Artículo 14.
Todas las construcciones, instalaciones y trabajos relacionados con las profesiones a que se contrae la
presente Leydeberán realizarse con la participación de los profesionales necesarios para garantizar la
corrección, eficacia y seguridad de las obras.
Los profesionales deberán abstenerse de prestar suconcurso profesional cuando esta disposición no
sea satisfactoriamente cumplida y dejan de acatarse las medidas que ellos indiquen con ese fin.
Artículo 15.
Las empresas que se propongan...
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