Arituculos del codigo de hammurabi

Páginas: 6 (1364 palabras) Publicado: 16 de febrero de 2012
Ley 1: Si uno ha acusado y ha embrujado a otro y no puede justificarse, es pasible de muerte.
Ley 6: Si uno robó el tesoro del dios o del palacio, recibirá la muerte y el que hubiere recibido de su mano el objeto robado, recibirá la muerte.
Ley 9: Si uno que perdió algo lo encuentra en manos de otro, si aquel en cuya mano se encontró la cosa perdida dice: "Un vendedor me lo vendió y lo compréante testigos"; y si el dueño del objeto perdido dice: "Traeré testigos que reconozcan mi cosa perdida", el comprador llevará al vendedor que le vendió y los testigos de la venta; y el dueño de la cosa perdida llevará los testigos que conozcan su objeto perdido; los jueces examinarán sus palabras. Y los testigos de la venta, y los testigos que conozcan la cosa perdida dirán ante el dios lo quesepan. El vendedor es un ladrón, será muerto. El dueño de la cosa perdida la recuperará. El comprador tomará en la casa del vendedor la plata que había pagado.
Ley 12: Si el vendedor ha ido al destino (ha muerto), el comprador tomará hasta 5 veces en la casa del vendedor del objeto de la reclamación de este proceso.
Ley 19: Si uno guarda al esclavo en su casa y se lo encuentra en su poder, estehombre sufrirá la muerte.
Ley 23: Si el bandido no fue apresado, el hombre despojado prestará juramento de todo lo que ha sido despojado, y la ciudad y el jeque en cuyos límites fue el despojo, le devolverán todo lo que perdió.
Ley 26: Si un oficial o soldado que recibió orden de marchar en una expedición oficial, no marchó, aunque hubiese enviado un mercenario y éste hubiera ido, este oficial osoldado recibirá la muerte y su reemplazante tomará su casa.
Ley 29: Si el hijo es menor y no puede cuidar la gestión de los negocios de su padre, un tercio del campo y de la huerta se dará a la madre, y la madre lo educará.
Ley 36: El campo, la huerta y la casa de un oficial o soldado, no pueden ser vendidos por sus deudas.
Ley 38: Oficial, soldado y feudatario o recaudador de impuestos no puedentransmitir por escrito a su mujer o hija, nada de sus campos, huerta o casa de su administración feudataria, ni serán dados por sus deudas.
Ley 43: Si no ha cultivado el campo y lo ha dejado en barbecho, dará trigo al propietario según el rendimiento del vecino y el campo que dejó en barbecho lo convertirá en cultivado, lo sembrará y lo devolverá al propietario.
Ley 50: Si ha dado al negocianteun campo de trigo cultivado o un campo de sésamo cultivado, el dueño del campo tomará el trigo o sésamo que se encuentre en el campo y devolverá el dinero con sus intereses al negociante.
Ley 53: Si uno, negligente en reforzar su dique, no ha fortificado el dique y se produce una brecha en él, y la zona se ha inundado de agua, ese restituirá el trigo que ha destruido.
Ley 59: Si uno ha taladoun árbol de un huerto sin saberlo el dueño, pagará media mina de plata.
Ley 65: Si el hortelano no explotó el huerto y ha causado una disminución del producto, el hortelano dará al propietario según el rendimiento del vecino.
Ley 78: Si un inquilino dio al propietario de la casa todo el dinero del alquiler del año, y si el propietario ordena al inquilino salir de la casa antes de vencer eltérmino del contrato, el propietario de la casa perderá el dinero que el locatario le había dado, porque ha hecho salir de la casa al inquilino antes de vencer los días del contrato.
Ley 94: Si un negociante ha prestado a interés trigo o plata y si, cuando ha prestado a interés ha entregado menos trigo o plata, o si cuando ha percibido su crédito, recibió más cantidad de trigo o plata, este negocianteperderá todo.
Ley 96: Si uno tomó trigo o dinero de un negociante y no tiene trigo o dinero para devolverle, pero tiene otros bienes, dará al negociante todo lo que se encuentre en su casa (en su poder) ante testigos, según (la naturaleza) de lo que llevará. El negociante no resistirá, recibirá.
Ley 105: Si el delegado ha sido negligente y no ha tomado recibo del dinero que había dado al...
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