ARMAMENTO
TÍTULO I
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Objeto de la Ley
Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto, establecer las disposiciones sobre las armas, municiones,
explosivos, químicos y afines, en todo el territorio nacional y demás espacios geográficos de la República;
crear el marco jurídico para la fabricación, importación, reexportación, exportación, tránsito,transporte,
almacenamiento, reparación y mantenimiento, comercialización, inspección, supervisión, fiscalización,
registro, control, tenencia, posesión, porte y uso de las Armas de Guerra y Otras Armas, clasificadas en la
presente Ley, así como las sanciones administrativas, civiles y penales correspondientes.
Ámbito de aplicación
Artículo 2. Esta Ley comprende las personas naturales y jurídicasque fabrican, importan, reexportan,
exportan, almacenan, transportan, comercializan, reparan, detentan, portan, usan o realizan cualquier
actividad con armas, municiones, explosivos, químicos y afines, y la Fuerza Armada Nacional y los
organismos competentes que reglamentan, controlan, autorizan, supervisan y fiscalizan todo lo
referente a la materia.
Competencia de la Fuerza Armada NacionalArtículo 3. Compete a la Fuerza Armada Nacional, a través del Ministerio de la Defensa, reglamentar,
autorizar, registrar y controlar la fabricación, importación, reexportación, exportación, almacenamiento,
tránsito, transporte, comercialización, reparación, posesión, detención, tenencia, porte, uso,
entrenamiento o cualquier actividad referente a las armas, municiones, explosivos, químicos yafines.
Organismos competentes
Artículo 4. La Fuerza Armada Nacional ejerce su competencia a través de los órganos del Ministerio de la
Defensa:
1. La Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFAN). Reglamenta y controla las Armas
de Guerra, municiones, explosivos, químicos y afines de uso común del Ejército, la Armada, la Aviación,
la Guardia Nacional, Ministerio de la Defensa yorganismos adscritos, los órganos de seguridad del
Estado y demás entes que los posean o detenten, de conformidad con el reglamento respectivo.
2. El Servicio Autónomo de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (SARFAN). Reglamenta y controla
las Otras Armas municiones, explosivos, químicos y afines, de las personas naturales y jurídicas,
organismos de seguridad ciudadana, de conformidad con elreglamento respectivo.
CAPITULO II
De las Armas, municiones, explosivos, químicos y afines
Obligación de declarar y registrar
Artículo 5. Los ciudadanos venezolanos, las ciudadanas venezolanas, las personas jurídicas venezolanas,
las personas naturales y jurídicas extranjeras domiciliadas y registradas en el país, están en la obligación
de declarar y registrar las armas, municiones, explosivos,químicos y afines que posean ante el Ministerio
de la Defensa, a través de los órganos competentes. En consecuencia, el in*****plimiento de esta
disposición ocasionará el decomiso de los mismos pasando a ser propiedad de la República sin
indemnización ni proceso, como también la correspondiente sanción dispuesta en la presente Ley y su
Reglamento. Esto no excluye las acciones penales a que hubierelugar.
Autorización
Artículo 6. Las personas naturales o las personas jurídicas que requieran ingresar al país armas,
municiones, explosivos, químicos y afines para la seguridad personal, demostraciones, uso deportivo,
uso científico u otras actividades, como la fabricación, importación, reexportación, exportación,
almacenamiento, tránsito, transporte, comercialización, reparación, producciónindustrial, comercial y
de servicios, están obligadas a solicitar previamente la correspondiente autorización o licencia,
*****pliendo los requisitos de ley.
Armas de fuego
Artículo 7. Son armas de fuego aquellas que requieren de un mecanismo, un elemento de ignición, una
carga de propulsión y un componente sólido de proyección, que generalmente utilizan un cartucho o
munición, así como otras de...
Regístrate para leer el documento completo.