Armas de fuego
No obstante, este aumento penal no ha denotado un deceso en el área de asaltos, alcontrario se ve un incremento del 3% en el último año.
Ya en caso de legítima Defensa, no existe punibilidad alguna 5/.
La Legítima Defensa es: “Repulsa de, a agresión ilegitima, actual o inminentepor el atacado o tercera persona, contra el agresor, sin traspasar la necesidad de la defensa y dentro de lo racional en proporción de los medios empleados para impedirle y/o repelerle”.
Según elartículo 12 De la Constitución Política de la Republica de Guatemala “Derecho a la Defensa” En donde podemos entender que es un derecho inherente a la persona, el poder defenderse usando instrumentos dedefensa acordes con la agresión, siempre con el objetivo de repeler esta.
En igual forma la reconoce nuestro Código Penal Vigente (Decreto 17- 73), en su artículo 24 inciso primero 6/.
Estosiempre enfocado en conseguir el fin de Defender el desarrollo para el Principio del Bien Común.
Como mencionamos la Portación ilegal de Armas de fuego es un fenómeno local, real y presente.Las Leyes y Normas Jurídicas que norman la conducta de los individuos con respecto a la portación de armas, poseen un carácter imperativo y al mismo tiempo Abstracto ya que demuestra que influye más...
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