Arquiler
Los propietarios deberán informar al organismogubernamental los datos del inmueble, la identificación de arrendador y arrendatario, la fecha de inicio de la relación, el canon de arrendamiento, el número de habitaciones y los servicios queofrece, precisa el artículo 2 de la resolución 123, publicada de manera conjunta por los ministerios de Comercio y Vivienda.
La Dirección de Inquilinato otorgará un certificado de registro einspeccionará periódicamente los inmuebles para verificar que cuenten con las condiciones de higiene y seguridad que garanticen una vida digna. La fiscalización, en la que también participará el Indepabis, podráhacerse "con el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario".
Los arrendadores que infrinjan la resolución u obstaculicen las actuaciones de los funcionarios adscritos a los organismosreguladores serán sancionados de conformidad con lo previsto en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios y demás normasaplicables.
El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, considera válido que el Gobierno quiera llevar un registro de las piezas alquiladas, pero advierte que la medida generarámás incertidumbre en el mercado de arrendamiento. "La pregunta es cuál será el objetivo, para qué se utilizará la información".
La resolución llega 10 días después de que el presidente Hugo Chávezanunció que el Gobierno estaba dispuesto a alquilar inmuebles para las familias damnificadas por las lluvias. El ministro de Vivienda, Ricardo Molina, declaró ayer en la mañana en VTV que el Estado...
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