Arquitecto
¿Qué es ? ¿De qué se trata ?
Instructivo para la INSCRIPCION DE PRODUCTOS DE CONSUMO |
¿Para quién es ?
Esta destinado a empresas, microempresas, pymes, distintos tipos de organizaciones publicas o privadas, gestores y ciudadanos en general |
¿Quién lo puede realizar ?
PERSONAS AUTORIZADAS PARAREALIZAR EL TRAMITE
Quienes pueden realizar los tramites de inscripcion de productos de consumo, y firmar las declaraciones juradas ?
Esto depende del tipo de sociedad - de que se trate
1. Unipersonal, el titular o el apoderado que el mismo designe.
2. Sociedades de hecho: deberan estar firmadas por todos los integrantes de la misma o por los que tengan poder o apoderados.
3. Sociedadde responsabilidad limitada, S.R.L., el o los apoderados que se designe.
4. Sociedad anonima, S.A.: el presidente o el vicepresidente o el apoderado que se designe. Las autoridades de la S.A. deberan acreditarse con la presentacion de la ultima acta de asamblea donde designe a las mismas y las actas titene una duracion de tres años.
En todos los casos el Director tecnico puede firmar lasdeclaraciones juradas y realizar las tramitaciones.
Los poderes deben estar otorgados ante Escribano Publico o ser una carta poder certificada por Escribano Publico o Juez de paz (nunca Banco o Policia)
Las declaraciones juradas deben tener la firma autenticada por Juez de Paz, Escribano Publico, autoridad Municipal o L.C.S.P., sin excepciones.
Los directores tecnicos tiene que estar colegiados en laProvincia de Buenos Aires y con la matricula al dia |
¿Qué necesito para hacer el trámite?
COMO INSCRIBIR LOS PRODUCTOS:
1- El primer paso a realizar es obtener la habilitación del establecimiento, que variará según los casos:
a- Para productos alimenticios para el ámbito provincial o de venta al mostrador, productos industriales o de uso doméstico: habilitación municipal definitiva.b- Para productos cosméticos: habilitación de la Dirección de Políticas de Medicamento del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
c- Para productos bromatològicos con tránsito federal: Registro Provincial de Establecimientos otorgado por la Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.
d- Para productos de la caza, pesca, lácteosy chacinados: habilitación de la Dirección Provincial de Ganadería del Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción de la Provincia de Buenos Aires o de SENASA.
2- En algunos casos es necesario contar con un director técnico (profesional universitario con incumbencias en el tema):
Ciertas profesiones , por ej.: Ingenieros deberán presentar constancia emitida por el Colegio de Ingenieros de laProv. De Bs. As. de acuerdo al articulo N° 6° de la Ley 10.698 y el articulo 31 de la Ley 12.490, que indique la empresa para la cual prestan servicios
BROMATOLOGICOS
Para productos lácteos que parten de leches crudas (Médico Veterinario, Ingeniero Agrónomo, o profesiones con incumbencias)
Para sodas, aguas potables, hielo y agua mineralizada artificialmente: asesor técnico que puede sertécnico químico.
Para aguas minerales: director técnico farmacéutico, bioquímico, o profesiones con incumbencias.
Para productos dietéticos: Farmacéutico, bioquímico, o profesionales con incumbencias.
. Para suplementos dietario: farmacéutico, o profesionales con incumbencias en el tema.
INDUSTRIALES, USO DOMESTICO, COSMETICOS y PLAGUICIDAS
Para productos industriales o de uso doméstico:licenciado en química. Ingeniero químico, Farmacéuticos y otras profesiones con incumbencias)
Para cosméticos : farmacéutico.
Para aguas lavandinas y detergentes(fraccionamiento): puede ser técnico químico.
TODOS LOS PRODUCTOS INDUSTRIALES, PLAGUICIDAS Y DE USO DOMESTICO, LLEVAN DIRECCION TECNICA
MEDICAMENTOS, HIERBAS MEDICINALES
. Farmacéuticos
Unicamente el tramite se realiza en el...
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