arquitecto

Páginas: 25 (6206 palabras) Publicado: 22 de febrero de 2015
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MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
DECRETO NÚMERO·.

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556

DE 2014

j4 MAR 2014

Por el cual se reglamenta la Ley 1673 de 2013
EL PRESIDENTE DE lA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las previstasen el
numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y,en la Ley 1673 de 2013 y,

CONSIDERANDO
Que mediante la Ley 1673 de 2013 se reglamentó, la actividad del avaluador, la cual
propende la transparencia y la equidad entre las personas en el desarrollo de la actividad de
valuación.
, Que adicionalmente la Ley 1673 de 2013 tiene por objeto establecer las resJ:'Jnsabilidades Yobligaciones a cargo de los avaluadores en Colombia, así como prevenir los riesgos sociales
de inequidad, injusticia, falta de transparencia y el posible engaño entre compradores,
vendedores o al Estado.
Que una vez sancionada la Ley 1673 de 2013, se evidenciaron errores tipográficos,
mecanográficos y de remisiones a los textos dentro de la misma disposición, los cuales
fueron corregidos medianteDecreto 222 de 12 de febrero de 2014.
Que I.e corresponde al Gobierno Nacional reglamentar la Ley que rige el ejercicio de la
actividad del avaluador.

DECRETA
CAPíTULO I
NORMAS GENERALES

Artículo 1. Objeto. El presente Decreto tiene por objeto reglamentar la Ley 1673 de 2013.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. El presente Decreto se aplicará a quienes actúen como'
avaluadores,valuadores, tasadores y demás términos que se asimilen a éstos, de
conformidad con lo establecido en la Ley 1673 de 2013.
GD-FM-17.v2

DECRETO NÚMERO" '.

556

"Por el cual se reglamenta

de 2014

Página N°

2

la Ley 1673 de 2013"

Además, aplica a las Entidades de Autorregulación de la actividad de valuación que soliciten
y obtengan su reconocimiento y autorización de operación paralos efectos de la citada Ley.
Parágrafo: No están comprendidas dentro del ámbito de aplicación del presente Decreto las
actividades que realizan los proveedores de precios para valoración en los términos
establecidos en el Libro 16 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010 Y demás normas que lo
reglamenten, modifiquen o sustituyan. Tampoco lo están las "firmas especializadas" de que
trata elDecreto 1730 de 2009, por medio del cual se reglamenta el artículo 81 la Ley 1116 de

2006.

Artículo 3. Definiciones. Para los efectos de este Decreto, se establecen las siguientes
definiciones:
Afiliados o Miembros: Son aquellas personas que en el ejercicio del derecho de asociación,
son aceptados para que concurran y, de estar habilitados para ello, deliberen y voten en las
decisiones delmáximo órgano de dirección de una Entidad Reconocida de Autorregulación,
de conformidad con los estatutos de la respectiva entidad. Además tendrán los derechos y
obligaciones que determinen las normas internas de la entidad. Los avaluadores a1'iliados o'
miembros de una Entidad Reconocida de Autorregulación deberán estar inscritos en el
Registro Abierto de Avaluadores, a más tardar al finalizarel plazo establecido'en los artículos
6° y 23° de la Ley 1673 de 2013.
Entidad gremial: Corresponde a la entidad creada por avaluadores personas naturales para
el desarrollo de sus intereses comunes, por gremios de avaluadores o por asociaciones de
gremios de avaluadores. Una entidad gremial de las señaladas anteriormente, podrá contar
con gremios de usuarios y asociaciones de gremios deusuarios de los servicios de valuación
o con personas, gremios o asociaciones de gremios que pertenezcan al Sector Inmobiliario.
Inscritos: Son las personas naturales que realizan las actividades de valua:ción y que previo
el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6° de la Ley 1673 de 2013, han
sido inscritos por la Entidad Reconocida de Autorregulación en el Registro...
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