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CONTRIBUYENTE OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO MERCANTIL Y EN LA SAT
Artículo 334 del código de comercio).
1.loscomerciantes individuales que tenga un capital de dos mil quetzales o más
2. todas las sociedades mercantiles.
3. empresas y establecimiento mercantiles comprendido dentro de estos extremos.
4.loshechos y relaciones jurídicas que especifiquen las leyes.
5. los auxiliares de comercio
La inscripción de comerciantes individuales auxiliares de comercio y de las empresas yestablecimientosmercantiles, deberá solicitarse dentro de un mes de haberse constituido como tales o de haberse abierto la empresa o el establecimiento.
El de las sociedades, dentro del mes siguiente alotorgamiento de laescritura de constitución. Este mismo plazo rige para los demás hechos y relaciones jurídicas.
LOS REQUISITOS QUE DEBEN LLENAR LOS COMERCIANTE PARA INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO MERCANTILY EN LA SAT:
Lainscripción del comerciante individual se hará mediante declaración jurídica del interesado, consigna en formulario con firma autentica, que comprenderán (artículo 335 del códigode comercio).
1.nombres y apellidos completos, edad estado civil, nacionalidad, domicilio y dirección.
2. actividad a que se dedica.
3. régimen económico de su matrimonio, si fuere casado ounido de hecho.
4.nombre de su empresa y sus establecimientos y sus direcciones.
5. fecha en que haya dado principio a su actividad mercantil.
El registrador razonara la cedula de vecindad delinteresado.
QUECONTRIBUYENTES ESTAN OBLIGADOS A INCRIBIRSE EN EL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL
La inscripción de la empresa o establecimiento de la empresa o establecimientomercantil se hará mediantedeclaración jurada del interesado consigna el formulario con firma autentica que comprenderán ( artículo 336 de código de comercio)
1. nombre de la empresa o establecimiento
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