Arquitectura
Urbanísticas y en el Transporte en Andalucía.
Decreto 72/1992, de 5 de Mayo, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.
(Publicación del texto original en el BOJA n.º 44 de 23 de Mayo de 1992, y de una corrección de erratas en el BOJA n.º 50 de 6 de Junio de 1992. El RégimenTransitorio regulado en Decreto 133/1992, se publicó en el BOJA n.º 70 de 23 de Julio de 1992)
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Justificación Del
cumplimiento de
la NormA
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Entrada en vigor del Decreto 72/1992
PUBLICACIÓN 23 de Mayo de 1992VIGENCIA 23 de Julio de 1992
RÉGIMEN TRANSITORIO (Decreto 133/1922):
No será preceptiva la aplicación del Decreto a:
a) Obras en construcción y proyectos con licencia anterior al 23 de Julio de 1992.
b) Proyectos aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios Profesionales antes del 23 de Julio de 1992, así como los que se presentaran para suaprobación o visado antes del 23 de Octubre de 1992.
c) Obras que se realicen conforme a los proyectos citados en el apartado b), siempre que la licencia se solicitara antes del 23 de Julio de 1993.
ÁMBITO DE APLICACIÓN:
a) Redacción y planeamiento urbanístico, o de las ordenanzas de uso
del suelo y edificación
Redacción de proyectos de urbanización
(rellenar Anexo I)
b)Obras de infraestructura y urbanización
Mobiliario urbano
(rellenar Anexo I)
c) Construcción, reforma o alteración de uso de:
Espacios y dependencias exteriores e interiores de utilización colectiva de los edificios, establecimientos e instalaciones (de propiedad privada) destinadas a un uso que implique concurrencia de público.
(Ver lista no exhaustiva en Notas)
Todas lasáreas tanto exteriores como interiores de los edificios, establecimientos e instalaciones de las Administraciones y Empresas públicas
(rellenar Anexo II para interiores)
(rellenar Anexo I para exteriores)
d) Construcción o reforma de:
Viviendas destinadas a personas con minusvalía (rellenar Anexo IV)
Espacios exteriores, instalaciones, dotaciones y elementos de uso comunitariocorrespondientes a viviendas, sean de promoción pública o privada
(rellenar Anexo III para interiores)
(rellenar Anexo I para exteriores excepto los apartados indicados *)
(rellenar Anexo II para instalaciones o dotaciones complementarias de uso comunitario, solo apartados indicados *)
e) Sistemas de transporte público colectivo y sus instalaciones complementarias
Anexo...
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