arrendador
MARIN & ASOCIADOS.-
TLFS:0414 0868173 -0414 8128546
CIUDADANA:
JUEZ DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.-
SU DESPACHO.-
Nosotros, RICHARD HAROLD RICARDO MONAGAS Y FLORANGEL DAYANA SOTO CASTRO, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas deidentidad Nros. V- 13.690.324 y V-13.766.584, respectivamente, de este domicilio, debidamente Asistidos en este acto por las Doctoras: LUZ MARY MARIN URBANO y JULIBETH DEL VALLE ZAPATA Ambas de nacionalidad Venezolana, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad N°V-8.232.995 Y 8.292.026, e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 81.202 y 128.465, de estedomicilio, ante Usted muy respetuosamente ocurrimos para exponer y solicitar: Divorcio 185 “ A” En los siguientes términos:
PRIMERO: En fecha cinco mayo del año mil novecientos noventa y nueve, (05-05-1999), Acta Nº22, el cual contrajimos Matrimonio Civil por ante el Registro Civil de la parroquia de Naricual Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui. Según consta de acta de matrimonio que anexamosa la presente marcada con la letra “A”.
SEGUNDO: Después de contraído el matrimonio prenombrado fijamos nuestro domicilio conyugal en l Urbanización Boyacá II Vereda 72 casa Nº 8 en la Ciudad de Barcelona Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui.
TERCERO: De nuestra Unión Conyugal Procreamos un (1) hijo que tiene por nombre:
1.-SAMUEL JESUS RICARDO SOTO, de apenas 9 años de edad estedomicilio.
Que anexamos las partidas de Nacimiento copia certificada de su Original para los efectos de su certificación marcado con la letra “B”.
Ahora bien, Ciudadano Juez es el caso que desde el 07 del mes Marzo de dos mil dos (07-03-2002) de esta parte y en virtud de causas muy diversas nuestra vida conyugal fue interrumpida y hasta la fecha no la hemos reanudado, razón por el cual hemosllegado a la conclusión razonable de legalizar nuestra situación por eso que hoy de mutuo y amistoso acuerdo decidimos, no continuar con una relación donde la vida en común no es posible habiéndose tornado lamentablemente en una ruptura prolongada por más de cinco (5) años de la misma, motivo por el cual solicitamos ante su Competente Autoridad nuestro de acuerdo con el Divorcio 185 “ A” delCódigo Civil Venezolano.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 350, 351 Y SIGUIENTES LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE.
1.- En cuanto a la Patria Potestad: de acuerdo con lo contenido en el artículo 349 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, la Patria potestad la hemos ejerciendo conjuntamente y la seguiremos ejerciendo en forma conjunta.
2.-Responsabilidad de crianza de acuerdo con lo contenido en el articulo 358 LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, Esta ha sido ejercida por ambos padres y seguirá siendo compartida de igual manera y en iguales Condiciones tanto en la actualidad y mientras estuvo la separación de hecho.
3.- En cuanto al Régimen de Convivencia familiar:
Por cuanto nuestro menor hijo: SAMUELJESUS RICARDO SOTO, estará bajo la responsabilidad de su madre la ciudadana: FLORANGEL DAYANA SOTO CASTRO, una vez disuelto nuestro vinculo matrimonial, tanto en la actualidad y mientras estuvo la separación de hecho, hemos acordado un régimen de convivencia familiar abierto; Es decir el padre RICHARD HAROLD RICARDO MONAGAS, podrá visitar a las menores cuantas veces lo desee dentro de unhorario que no perturbe el desarrollo intelectual y moral de las menores y el mismo no interfiera en las obligaciones de ellas, llevarla con él los fines de semana y temporada de vacaciones, sin horarios alguno que lo prive, toda vez que durante los años que hemos convivido permaneciendo separa como pareja, no se ha presentado problemas alguno por dicha obligación.
4.-En cuanto a las obligaciones...
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