ARRIENDAM PRIVADOS
En la ciudad de Rivas, a las a las dos de la tarde del diecisiete de diciembre del año dos mil catorce. Las señoras HAZAL DEL CARMEN ABURTO IGLESIAS, (arrendadora), de este domicilio, cédula de identidad nicaragüense número 561-160586-0003K y MEYLING DE LOS ANGELES LANZAS ALARCON, arrendatari@ y/o inquilin@, del domicilio de Nindiri, Masaya, cédula de identidadnicaragüense número 401-021192-0013P, las dos mayores de edad, comerciantes, manifestando conocerse entre sí y acuerdan mutuamente REALIZAR CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE MODULO. Expresa la primera compareciente (arrendadora) y dice; PRIMERA; RELACIÓN DE DOMINIO: Que es dueña en dominio y posesión de un módulo ubicado en la casa de habitación de su mamá y familia, propiedad situada, en El BarrioRamón González Fuentes, del Gallo mas Gallo una cuadra al Norte, en el Centro de esta Ciudad de Rivas, la cual se encuentra debidamente inscrita en Columna de Inscripciones Sección de derechos Reales del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Rivas. Continúa expresando la primera compareciente (arrendadora) y dice. SEGUNDA; ARRENDAMIENTO, CANON Y PLAZO: Que el módulodescrito en la cláusula que antecede lo da en arriendo a la señora MEYLING DE LOS ANGELES LANZAS ALARCON, arrendatari@ y/o inquilin@, el que utilizará para su negocio de ABARROTES VARIOS y tendrá una duración de TRES MESES, A PARTIR DEL QUINCE DE NOVIEMBRE (15/11/2014) DEL PRESENTE AÑO, FINALIZANDO EL QUINCE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE (15/02/2015). El canon del arriendo será por la sumade DOSCIENTOS DÓLARES NORTEAMERICANOS ($ 200.00), o su equivalente en moneda nacional, los que pagará mensualmente los días quince de cada mes, entregándoselos y/o depositándolos en manos de la señora HAZAL DEL CARMEN ABURTO IGLESIAS, (arrendadora). Continúa manifestando la primera compareciente y dice. TERCERA; PROHIBICIONES DEL ARRENDATARI@: En este contrato el arrendatario tiene las siguientesprohibiciones: 1) Sub arrendar el bien. 2) Destinar el bien del objeto de arriendo a otros objetivos, que no sean los estipulados en este contrato y/o para actos contra la ley, la moral y las buenas costumbres. 3) Almacenar materiales que pongan en peligro el inmueble. 4) CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO: Falta de pago de alguna cuota mensual, así como que el arrendatari@ realice alguna o algunasde las prohibiciones del presente contrato. 5) DE LAS MEJORAS: Las mejoras que construya el arrendatari@ y/o inquilin@, sin previa autorización de la dueña del inmueble serán por su cuenta y pasaran a formar parte del dominio de la propiedad, sin que se tenga que indemnizar al arrendatari@ y/o inquilin@. 6) RESPECTO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS: El arrendatari@ y/o inquilin@, se obliga a pagar todoslos cargos básicos, como agua, luz eléctrica, cable y/o teléfono si hubiere, tratamiento de aguas negras, basura etc. 7) Este contrato solo podrá ser prorrogable de común acuerdo entre las partes y por escrito. CUARTA; ACEPTACIÓN: Por su parte la segunda compareciente la señora MEYLING DE LOS ANGELES LANZAS ALARCON arrendatari@ y/o inquilin@ expresa; que en los términos y conceptos relacionados enel presente documento privado, ACEPTA EL CONTRATO DE ARRIENDO, que le hace la primera compareciente la señora HAZAL DEL CARMEN ABURTO IGLESIAS, (arrendadora) asumiendo el presente contrato de arriendo, con sus términos, condiciones y se obliga a cumplir fielmente todo lo aquí dispuesto. Así se expresaron las contratantes de común acuerdo, conformes, y sin hacer modificación alguna, firman estedocumento privado, en la ciudad de Rivas, Departamento de Rivas, el día diecisiete de diciembre del año dos mil catorce.
HAZAL DEL CARMEN ABURTO IGLESIAS MEYLING DE LOS ANGELES LANZAS ALARCON
Licda. Félix Anabel Domínguez Quintanilla
Notario Público
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
En la ciudad de Rivas, a las nueve de la mañana del catorce de noviembre del año dos mil...
Regístrate para leer el documento completo.