art. 115
Los estados adoptaran la forma del gobierno republicano, representativo, popular, como lo son los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos que la leydetermine, no habrá intermediarios entre éste y el gobierno del estado.
Los municipios deberán poseer personalidad jurídica y manejar su patrimonio en cuanto a la ley.
Los ayuntamientos poseen facultadespara aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán:
Expedir las legislaturas de los estados.
Los bandos de policía y gobierno.
Reglamentos.
Circulares y disposicionesadministrativas de observación general dentro de su respectiva jurisdicción.
Organizar la administración pública municipal.
regulen materias.
Procedimientos,funciones y servicios públicos de su competencia yaseguren la participación ciudadana y vecinal.
El objeto de estas leyes
será establecer
Resolución de conflictos entre la administración y particulares, con sujeción a los principios de igualdad,publicidad, audiencia y legalidad.
Las normas de aplicación generales para celebrar convenios.
Las disposiciones aplicables en aquellos municipios que no cuenten con los bandos o reglamentos.Procedimientos y condiciones para que el gobierno asuma una función o servicio municipal, en caso de no existir convenio por ser imposibilitado para servir o prestar, se deberá contar con una solicitudprevia del ayuntamiento responsable, aprobada por lo menos por dos terceras partes de sus integrantes.
Los municipios deberán contar con:
Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento ydisposición de aguas residuales.
Alumbrado público.
Limpia,recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.
Mercados y centrales de abasto.
Panteones.
Rastro.
Calles, parques yjardines y su equipamiento.
Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito.
Los demás que las Legislaturas locales determinen...
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