Art. 4
Garantías Individuales.
Articulo 4º
El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de lafamilia.
Nunca podrá existir igualdad jurídica absoluta e inexcepcional entre ambos sexos por diversos factores.
Desde el punto civil, político (titulares de las mismas garantías que consagra laConstitución), administrativo y cultural, la mujer ha tenido los mismos derechos y obligaciones que el varón.
En materia laboral y penal, la legislación respectiva ha sido protectora de la situación de lamujer, en el carácter de trabajadora y víctima de los delitos sexuales (estupro, violación, rapto).
Las labores materiales: las mujeres no podrán realizar tareas en las que se requiera la fuerza ydestreza varoniles. Además la mujer durante cierto periodo del embarazo, debe de ser relevada del trabajo.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre elnúmero y el espaciamiento de sus hijos.
También se le conoce como planificación familiar, trata de infundir en el varón y la mujer una conciencia de responsabilidad en cuanto a la procreación de loshijos, con el objeto de controlar el crecimiento demográfico (problemas económicos, sociales, ecológicos, sanitarios.
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las basesy modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone lafracción XVI del artículo 73 (Facultades del Congreso- dictar leyes sobre salubridad.) de esta Constitución.
Su finalidad es lograr el bienestar físico y mental del mexicano, prolongar y mejor la calidad devida en sus sectores sociales, crear y extender toda clase de actitudes solidarias y responsables de la población, disfrutar de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y...
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