ART 594 CASAS DE CAMBIO
De los Guardarropías y Comedores
PARRAFO V: De los Guardarropías y Comedores
Artículo 27: Todo lugar de trabajo donde el tipo de actividad requiera el
cambio de ropa, deberáestar dotado de un recinto fijo o móvil destinado a
vestidor, cuyo espacio interior deberá estar limpio y protegido de condiciones
climáticas externas. Cuando trabajen hombres y mujeres losvestidores
deberán ser independientes y separados.
En este recinto deberán disponerse los casilleros guardarropas, los que
estarán en buenas condiciones, serán ventilados y en número igual al total
detrabajadores ocupados en el trabajo o faena.
En aquellos lugares en que los trabajadores están expuestos a sustancias
tóxicas o infecciosas, éstos deberán tener 2 casilleros individuales,
separados eindependientes, uno destinado a la ropa de trabajo y el otro a la
vestimenta habitual. En tal caso, será responsabilidad del empleador
hacerse cargo del lavado de la ropa de trabajo y adoptar lasmedidas que
impidan que el trabajador la saque del lugar de trabajo.
Tipos de Casa de Cambios s/g Necesidades
Nivel
Requerimientos o Necesidades
Nivel 1 No requieren casas de cambio.Nivel 2 Requieren de sala de vestidores con casilleros
separados por genero. Ej.: Vendedoras de tiendas.
Nivel 3 Casas de cambio sin ducha: Baños (urinarios, WC),
lavamanos, casillero ropa trabajo /calle (faenas con
exposición a elementos químicos menores - medios).
Ej.: Talleres mecánicos.
Nivel 4 Casas de cambio completas: Idem anterior más ducha
con agua fría y caliente (faenas conelementos
contaminantes). Obs.: Empleador debe hacerse cargo
del lavado de la ropa.
Dec. 594, De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas
PARRAFO IV: De los Servicios Higiénicos yEvacuación de Aguas Servidas
Artículo 21: Todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán
como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado...
Regístrate para leer el documento completo.