Art De La Ley Im Puesto Sobre La Renta
Cuando en razón de los anticipas o pagos a cuenta, derivados de la retención en la
fuente, resultara que el contribuyente tomando en cuenta la liquidación proveniente de
ladeclaración de rentas, ha pagado más del impuesto causado en el respectivo
ejercicio, tendrá derecho a solicitar en sus declaraciones futuras que dicho exceso le
sea rebajado en las liquidaciones de impuestocorrespondientes a los subsiguientes
ejercicios, hasta la concurrencia del monto de tal exceso, todo sin perjuicio del derecho
a reintegro.
Dentro del formulario para la declaración de rentas aque se refiere esta ley y a los
fines antes señalados, se establecerán las previsiones requeridas para que el
contribuyente pueda realizar la solicitud correspondiente en el mismo acto de su declaración anual.
Capítulo II
De los Desgravámenes y de las Rebajas de Impuesto a las Personas Naturales
Artículo 60
Las personas naturales residentes en el país, gozarán de los desgravámenessiguientes:
1) Lo pagado a los institutos docentes del país, por la educación del contribuyente y de
sus descendientes no mayores de veinticinco (25) años. Este límite de edad no se
aplicará a loscasos de educación especial;
2)Lo pagado por el contribuyente a empresas domiciliadas en el país por concepto de
primas de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad;
3)Lo pagado por serviciosmédicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en
el país al contribuyente y a las personas a su cargo, a que se contrae el artículo 62;
4)Lo pagado por concepto de cuotas de intereses enlos casos de préstamos obtenidos
por el contribuyente para la, adquisición de su vivienda principal o de lo pagado por
concepto de alquiler de la vivienda que le sirve de asiento permanente delhogar. El
desgravamen autorizado no podrá ser superior a mil unidades tributarias (1.000 U.T)
para ejercicio en el caso de cuotas de intereses de préstamos obtenidos por el
contribuyente para la...
Regístrate para leer el documento completo.