ART DE PRENDA E HIPOTECA CCS
2737. La prenda es un derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago.
ART. 2738. También pueden darse en prenda los frutos pendientes de los bienes raíces que deben ser recogidos en tiempo determinado. Para que esta prenda surta sus efectos contra tercero, necesitará inscribirse en elRegistro Público a que corresponda la finca respectiva. El que dé los frutos en prenda, se considerará como depositario de ellos, salvo convenido en contrario.
ART. 2739. Para que se tenga por constituida la prenda deberá ser entregada al acreedor, real o jurídicamente.
ART. 2740. Se entiende entregada jurídicamente la prenda al acreedor, cuando éste y el deudor convienen en que queden en poder deun tercero, o bien cuando quede en poder del mismo deudor porque así lo haya estipulado con el acreedor o expresamente lo autorice la Ley. En estos dos últimos casos, para que el contrato de prenda produzca efecto contra tercero, debe inscribirse en el Registro Público. El deudor puede usar de la prenda que quede en su poder en los términos que convengan las partes.
ART. 2741. El contrato de prendadebe constar por escrito. Si se otorga en documento privado, se formarán dos ejemplares, uno para cada contratante. No surtirá efecto la prenda contra tercero si no consta la certeza de la fecha por el Registro, escritura pública o de alguna otra manera fehaciente.
ART. 2742. Cuando la cosa dada en prenda sea un título de crédito que legalmente deba constar en el Registro Público, no surtiráefecto contra tercero el derecho de prenda sino desde que se inscriba en el Registro.
ART. 2743. A voluntad de los interesados podrá suplirse la entrega del título al acreedor, con el depósito de aquel en una Institución de Crédito.
ART. 2744. Si llega el caso de que los títulos dados en prenda sean amortizados por quien los haya emitido, podrá el deudor, salvo pacto en contrario, substituirlos conotros de igual valor. ART. 2745. El acreedor a quien se haya dado en prenda un título de crédito, no tiene derecho, aun cuando se venza el plazo del crédito empeñado, para cobrarle ni para recibir su importe, aún cuando voluntariamente se le ofrezca por el que lo debe; pero podrá en ambos casos exigir que el importe del crédito se deposite.
ART. 2746. Si el objeto dado en prenda fue un crédito oacciones que no sean al portador o negociables por endoso para que la prenda quede legalmente constituida, debe ser notificado el deudor del crédito dado en prenda.
ART. 2747. Siempre que la prenda fuere un crédito el acreedor que tuviere en su poder el título, estará obligado a hacer todo lo que sea necesario para que no se altere o menoscabe el derecho que aquél representa.
ART. 2748. Sepuede constituir prenda para garantizar una deuda, aun sin consentimiento del deudor.
ART. 2749. Nadie puede dar en prenda las cosas ajenas sin estar autorizado por su dueño.
ART. 2750. Si se prueba debidamente que el dueño prestó su cosa a otro con el objeto de que éste la empeñara, valdrá la prenda como si la hubiere constituido el mismo dueño.
ART. 2751. Puede darse prenda para garantirobligaciones futuras, pero en este caso no puede venderse ni adjudicarse la cosa empeñada, sin que se pruebe que la obligación principal fue legalmente exigible.
ART. 2752. Si alguno hubiere prometido dar cierta cosa en prenda y no la hubiere entregado, sea con culpa suya o sin ella, el acreedor puede pedir que se le entregue la cosa, que se dé por vencido el plazo de la obligación o que ésta serescinda.
ART. 2753. En el caso del artículo anterior, el acreedor no podrá pedir que se le entregue la cosa, si ha pasado a poder de un tercero en virtud de cualquier título legal.
ART. 2754. El acreedor adquiere por el empeño:
I. El derecho de ser pagado de su deuda con el precio de la cosa empeñada, con la preferencia que establece el artículo 2862;
II. El derecho de recobrar la prenda de...
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