Art11
LA CAUSA
INTERPRETACI~N
COMPARATIVA DEL DERECHO
FRANCÉS Y ESPAÑOL CON EL DERECHO
MEXICANO EN SU ORIGEN
Augusto TURCO^ CÁRDENAS*
SUMARIO:
L Acepción ordinaria de lapalabra cuusa. 11. Progresión histórica de la nociónjuridica de causa. l . L a "causa" en el Derecho Romano.
2. La "causa" en el Código Napoleón. 111. E l debate doctrinario acerca de
la noción Jurídica de causa.A). El punto de partida: sintesis de la Doctrina de Domat sobre la causa. B). La causa y la Doctrina Francesa
durante la primera mitad del siglo xix. a). Causafinal. b). Causa Impulsiva. c). Causa eficiente. C). L a reacción contra la tesis causalista o doctrina anticausalista. a). Crítica Histórica. b). Critica Racional. a'). En los
contratos bilaterales la c m a de la obligación de cadapmte lo esla obligación de la otra. b'). En los contratos reales, la causa consiste en la entrega
de la cosa. c'). En los contratos gratuitos la calun de la liberalidades el
animus donandi. IV. Réplica a la tesis anticausalista y Restauración de la
causalista. 1. Doctrinas modernas sobre la causa. A). Respuesta a la crltica Histórica. B). Respuesta a la critica Racional. 2. La causa entendida
por Bonnecasecomo el motivo determinante de la voluntad V. La causa en
el Derecho Civil Mexicano. 1. La causa en el "Código Civilpara Gobierno
del Estado Libre de Oaxaca", De 1828. 2. Lh causa en los códigos civiles
para el Distrito Federal y Territorios de Baja Crrlifornia, de 1870 y 1884.
3 . La causa en el Código Civil del Distrito Feder'il de 1928. Punto de vista
del susteniante. A). Docirina Mexicanaanticaus
1. ACEPTACION
ORDINARIA DE LA PALABRA CAUSA
L
a palabra causa (del latín causa), semánticamente equivale a "lo
que se considera como fundamento u origen de algo ... motivo o
razón para obrar".' Aunque la anterior acepción es la genérica,
Profesor de Derecha Civilen la Facultad de Derecho de la m ~ u
Academsa Espanola Dtcciomno de lo Lengua Españo1.1 Tomo l l Madnd 1970 p 282
' Real
AUGUSTO TURCOTI CÁRDENAS
208
cabe aclarar que el termino mencionado posee en el lenguaje común una
pluralidad de significados, que sería prolijo y ocioso enumerar.
De cualquier manera, como advertiremos en el desarrollo de este estudio, la conceptuación jurídica de lo quedebe entenderse por "causa", ha
dado lugar a un profundo e inacabable debate.
11. PROGRESION HISTÓRICA EN LA NOCION IURÍDICA DE CAUSA
1. La "causa" en el Derecho Romano
Según testimonio de Petit,' en materia de obligaciones los jurisconsultos romanos daban muy diversas acepciones a la palabra causa. Así,
se le empleaba para designar la fuente misma de las obligaciones (de
esta manera se dice queson causa de las obligaciones civiles, los contratos y los delitos); otras veces el término causa aludía a las formalidades que debían ser añadidas a las convenciones para que ciertos contratos quedaran perfeccionados (las palabras, sí se trataba de Contratos
Verbis; la escritura, si de los literis, y la entrega de la cosa, en los "re");
finalmente, la causa refiere el móvil jurídico sobre el quereposa la
voluntad de quien se obliga (en la compraventa, para el vendedor lo sería
el correlativo pago del precio).
En cuanto a la noción de causa, considerada esta como el motivo
impulsor de un negocio, explica Margadant3 que, a su vez, puede ser
entendida en sentido subjetivo u objetivo.
Todo negocio, hablando de la causa sentido subjetivo, requiere de una
que sea confesable, compatible con laLey y la moral. Para que un acto
sea formalmente legal no debe contrariar la voluntad evidente del legislador, no debe incurrir in9audem legis; tampoco debe haber simulación,
pues en tal supuesto el motivo que impulsa a las partes se aparta del fin
económico social del negoció que aparentan celebrar.
En sentido objetivo, la causa implica la idea de que alguien se obliga,
lo hace ante la...
Regístrate para leer el documento completo.