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Páginas: 11 (2585 palabras) Publicado: 25 de septiembre de 2015
ART. 6
COMENTARIO: El artículo 6to. constitucional consagra lo que se entiende en términos generales como libertad de expresión. es decir. garantiza a todo individuo que se encuentre en nuestro país. la posibilidad de expresar libremente su pensamiento. Esta se considera una de las libertades básicas del ser humano y constituyó un punto esencial dela ideología liberal del siglo XVIII que la plasmó en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 26 de agosto de 1789 en Francia. cuyo artículo 10 expresaba que ninguno debía ser molestado por sus opiniones. aun las religiosas, mientras que la manifestación de ellas no perturbara el orden público establecido por la ley. Laideología liberal defendía con denuedo este principio en contra de las prácticas absolutistas anteriores que. sin sujeción a ningún tipo de normatividad jurídica. perseguían a los individuos por las opiniones manifestadas. La intolerancia religiosa jugó un papel muy importante en esta demanda liberal. Las persecuciones de la Iglesia en contra de quienesfueron considerados sospechosos de atentar contra el dogma. ocupan un capítulo importante en la historia de los castigos aplicables con motivo de la expresión del pensamiento. Ello explica que en la mencionada Declaración de los Derechos del Hombre se puntualizara que incluso las opiniones religiosas deberla n gozar de tal régimen de libertad. Lareferencia a este antecedente es indispensable porque con frecuencia se con funde la libertad esencial del ser humano en cuanto a su capacidad de manifestación de palabras y el régimen jurídico que regula dicha capacidad. El liberalismo se planteaba fundamentalmente la cuestión de normar el ejercicio de la libertad y definir con precisión lasconsecuencias jurídicas del mencionado ejercicio. La diferencia parece sutil y sin embargo es de una gran profundidad. Si pensamos solamente en la libertad de expresión. veremos que ésta efectivamente es connatural al ser humano y que su existencia. desde el punto de vista filosófico, no puede ser cuestionada. Todo hombre. en última instancia y en cualquierépoca de )a historia. ha sido libre de expresar sus opiniones. lo que el liberalismo reclamaba no era la existencia de la libertad como tal. sino las consecuencias jurídicas que suceden al hecho mismo de su ejercicio.
El artículo que nos ocupa contiene sitnultáneamente dos tipos de garantías. Una de carácter individual. que plasma lo quetécnicamente se denomina un derecho publico subjetivo correspondiente a lo que hemos denominado la libertad de expresión. Otra de tipo social, contenida en la última parte del texto del precepto que preserva derechos de la sociedad y que se sintetiza bajo el rubro de derecho a la información.
La libertad de expresión se refiere específicamente a lamanifestación de las ideas producida de manera individual por medio de la palabra, los gestos. o cualquier otra forma expresiva susceptible de ser captada de manera auditiva o visual. queda pues bien protegida la expresión artística en el marco del contenido del precepto que comentamos. siempre que ésta no sea sujeta a un mecanismo tecnológicomultiplicador.
El derecho a la información es, entonces. un derecho social frente a los multicitados medios de comunicación: no un derecho de éstos frente al Estado, el cual está garantizado por otras muchas disposiciones jurídicas bajo cuyo amparo se han desenvuelto.
ART. 7
COMENTARIO: El presente artículolo consagra a nivel constitucional la libertad de prenta...
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