Articulo 10º Constitucional.
De acuerdo con lo comentado y establecido en nuestra ultima clase el día 3 del mes y año en curso, se abordo lo relacionado al tema deestudio consistente en comentar cada uno de los preceptos Constitucionales agrupados en el capitulo primero de nuestra Ley Suprema referente a las Garantías Constitucionales.
Y dentro de ellos se nospidió que después de haberlos estudiado, como apor tacion por parte del alumno elaboráramos algunos comentarios seleccionando el artículo Constitucional de mayor interés.
Por lo anterior y en razón deltema que hoy se discute en todos los ámbitos y el país entero relacionado con la Seguridad Publica y en particular con la Inseguridad que cabalga a lo largo y ancho del país me incline por nuestroarticulo Constitucional numero 10, que a la letra dice:
Articulo 10.Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen Derecho a poseer armas en su domicilio para su seguridad y legitima defensa, conexcepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejercito Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, la Ley Federal determinara los casos, condiciones ylugares en que se podrá autorizar a los Habitantes la Portación de armas.
Como podrá observarse este articulo faculta a todos los que habiten en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos ya seanmexicanos o extranjeros a poseer armas en su domicilio para su Seguridad y Legitima Defensa. Esta disposición Constitucional otorga el derecho de poseer armas y en algunos casos y condiciones a portarlasestas condiciones estarán prescritas en la Ley Federal de Armas de Fuego. Misma que es reglamentaria del articulo en comento.
Las Constituciones de 1857 y la actual en vigor hacían hincapié de estederecho en virtud de las condiciones que prevalecían en nuestro país en el siglo pasado e inicios del actual cuando era tarea mas que difícil para las autoridades y cuerpos de Seguridad proteger...
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