Articulo 103
TÍTULO TERCERO
CAPITULO IV DEL PODER JUDICIAL
Artículo 103. Los tribunales de la federación resolverán toda controversia que se suscite:
I. Por leyes o actos de la autoridadque viole las garantías individuales;
II. Por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estados o la esfera de competencia del distrito federal, y;
III.Por leyes o actos de las autoridades de los estados o del distrito federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.
Dicho artículo nos hablara de que asuntos de controversiavan a conocer los Tribunales de la Federación, todo esto de acuerdo al juicio de amparo.
Juicio de Amparo: Es el medio protector por excelencia de los derechos más importantes que tenemos todosquienes nos encontramos en México, es decir, las garantías individuales, las cuales se encuentran establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dicho juicio se tramita antelos órganos del Poder Judicial de la Federación y procede contra los actos de las autoridades que violen las garantías individuales.
El juicio de amparo también puede intentarse contra leyes o actos delas autoridades federales que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o bien, contra leyes o actos de estos últimos que invadan la esfera de la autoridad federal. En los dos últimos casos,la invasión de competencias debe tener por consecuencia violaciones a las garantías de uno o varios individuos.
• Juicio de amparo por leyes o actos de la autoridad que violen las garantíasindividuales:
Siendo la competencia una garantía consagrada por la constitución federal en sus artículos 14 y 16, ella implica la realización de una mejor justicia, y como tal, está expresamente protegidapor el juicio de amparo en los términos del artículo 107 constitucional, en relación con la fracción I, del 103, del mismo ordenamiento constitucional, por cuanto tal juicio tiene por objeto...
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