Articulo 123
Del Trabajo y de la Previsión social
Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley.
A. Entre los obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos, y de una manera general, todo contrato de trabajo:
I. Jornada máxima de 8 horas.II. la jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años.
III. Queda prohibido el trabajo de los menores de catorce años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas.
IV.Por cada seis días de trabajo se deberá descansar al menos un día.
V. Las mujeres embarazadas no realizaran trabajo que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen peligro, y tendrán un descanso de 6 meses anteriores a la fecha fijada para el parto y seis semanas posteriores.
VI. Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales.
VII. No se harádistinción de nacionalidad por el salario
VIII. El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento.
IX. Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas.
X. El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal y no cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.
XI. Cuando deban aumentarse lashoras de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente un 100% más de lo fijado para las horas normales. En ningún caso podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. Los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajos.
XII. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinenlas leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas.
XIII. Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.
XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo oen ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten.
XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento
XVI. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus
Respectivos intereses, formando sindicatos, asociacionesprofesionales, etc.
XVII. Se reconoce como un derecho las huelgas y los paros.
XVIII. Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital siempre y cuando no interfieran con las actividades de terceros.
XIX. Los paros serán lícitos únicamente cuando el exceso deproducción haga necesario suspender el trabajo para mantener los precios en un límite costeable.
XX. Las diferencias o los conflictos entre el capital y el trabajo, se sujetarán a la decisión de una Junta de Conciliación y Arbitraje. (Formada por igual número de representantes de los obreros y de los patronos, y uno del Gobierno).
XXI. Si el patrono se negare a someter sus diferencias al arbitrajeo a aceptar el laudo pronunciado por la Junta, se dará por terminado el contrato de trabajo y quedará obligado a indemnizar al obrero con el importe de tres meses de salario, además de la responsabilidad que le resulte del conflicto.
XXII. El patrono que despida a un obrero sin causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o por haber tomado parte en una huelga lícita,...
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