Articulo 21
Capítulo III. Sentencia
Artículo 22.- Las sentencias que se pronuncien en asuntos de amparo sólo se referirán a los individuos particulares o a laspersonas jurídicas, que lo hubiesen solicitado, limitándose, si procediese a ampararlos y protegerlos en el caso especial controvertido.
Artículo 23.- Las sentencias deberán ser razonadas con fijaciónclara del acto o actos reclamados, e indicación de los fundamentos legales en que se apoyen para declarar la legalidad o ilegalidad de acto reclamado y de los puntos resolutivos del mismoconcretándose en ellos con claridad y precisión el acto o actos por los que se concede o niegue el amparo.
Artículo 24.- Cuando el acto reclamado sea de carácter positivo, la sentencia que concede el amparotendrá por objeto restituir al agraviado en el pleno goce del derecho violado, restableciendo las cosas al estado que tenían antes de la violación. Cuando sea de carácter negativo, el afecto del amparoserá obligar a la autoridad o funcionario responsable a que obre en el sentido de respetar Ley o garantía de que se trate y a cumplir por su parte lo que la misma exija.
Artículo 25.- La CorteSuprema de Justicia en todo caso deberá dictar sentencia definitiva dentro de los cuarenta y cinco días posteriores a la recepción de las diligencias por este Tribunal.
Artículo 26.- Dictada lasentencia en materia de amparo, el Tribunal la comunicará por oficio y sin demora a las autoridades o funcionarios responsables para su cumplimiento y lo liará saber a las demás partes.
EL ACTORECLAMADO Y SU CLASIFICACIÓN
El acto reclamado es toda hecho voluntario e intencional imputable a un órgano de estado impuesta al gobierno en forma unilateral que viólalas garantías individuales del...
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