Articulo 46
El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.”Recuerde. Los derechos humanos de los ancianos y ancianas son obligaciones del Estado, la sociedad y la familia. No son favores ni dádivas del gobernantede turno, ni de los hijos o hijas. Es indispensable que todos y todas conozcamos nuestros derechos y aprendamos a hacerlos valer y reclamarlos ante lasautoridades públicas.
Cómo proteger los derechos de los y las ancianas?
Los hijos y las hijas mayores de edad TIENEN la obligación de suministrar o pagar losalimentos (vivienda, salud, recreación, comida o alimentación, vestido) de sus padres, en la medida de sus posibilidades económicas. El Estado, TIENE laobligación de proteger y asistir a los y las ancianas. Brindarles salud, recreación, integración, alimentación, seguridad social.
La ley permite que losancianos y las ancianas exijan por vía de demanda y por vía de acción de tutela, la protección que les deben sus hijos e hijas y el Estado.
Si usted, amigo yamiga lector, conoce de casos de maltrato o abandono de ancianas y ancianos, puede denunciarlo y pedir asistencia ante las autoridades. En sus manos, comociudadano o ciudadana, existe parte de la respuesta al abandono familiar o estatal. No permita que maltrate, física o sicológicamente, a los ancianos y ancianas
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