Articulo 8º Constitucional
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa pero enmateria política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligaciónde hacerlo conocer en breve término al peticionario.
PRINCIPIOS RECTORES
Reconocer el derecho de que un particular, o incluso una autoridad, se dirija a la autoridad correspondiente pararequerirla de algo que se encuentra dentro de su competencia o hacerle saber una irregularidad y obtener de ella una contestación.
OBLIGADOS Y TITULARES
PETICIONES DE PARTICULARES
El Derecho dePetición se ejerce, a través de solicitudes, demandas, denuncias, querellas, requerimientos y otras.
Solicitud, para que un mexicano esté en posibilidad de prestar servicios oficiales a gobiernosextranjeros; aceptar condecoraciones, títulos o funciones, sin perder su nacionalidad, ante el Congreso de la Unión o Comisión Permanente.
Demandas, ante un tribunal para que ejerza su funciónjurisdiccional; en materia de amparo, se utiliza el término queja.
Denuncias, es la obligación sancionada penalmente, que se impone a los ciudadanos; ésta consiste en comunicar al Ministerio Público,Congreso de la Unión, o Legislaturas Estatales; la comisión de delitos que sean perseguibles de oficio.
Querellas, de dos clases simple y necesaria; ante Ministerio Público, para hacer de su conocimientola existencia de un delito, que no es perseguible de oficio.
Requerimientos, en sentido estricto, ante autoridades competentes en determinada materia; en sentido impropio ante autoridades que nonecesariamente tengan competecia.
Otras, inconformidades o recomendaciones, respecto de Derechos Humanos.
PETICIONES ENTRE AUTORIDADES
Cuando están de por medio relaciones entre dos...
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