Articulo 89 Resumen
Artículo 89. Facultades y obligaciones del Presidente
Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión.
Nombrar y remover libremente a los Secretariosde Estado, remover a los embajadores, cónsules generales y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no estédeterminado de otro modo en la Constitución o en las leyes.
Nombrar, con aprobación del Senado, a los embajadores, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda y a los integrantes de los órganoscolegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, energía y competencia económica
Nombrar, con aprobación del Senado, los Coroneles y demás oficiales superiores del Ejército,Armada y Fuerza Aérea Nacionales.
Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, con arreglo a las leyes.
Preservar la seguridad nacional, en los términos de la leyrespectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
Disponer de laGuardia Nacional.
Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
Intervenir en la designación del Fiscal General de la República y removerlo.
Dirigirla política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos,sometiéndolos a la aprobación del Senado.
Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias, cuando lo acuerde la Comisión Permanente.
Facilitar al Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicioexpedito de sus funciones.
Habilitar toda clase de puertos, establecer aduanas marítimas y fronterizas, y designar su ubicación.
Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por...
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