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Asimismo deben difundir mensajes que promuevan la conservación, mantenimiento, preservación, sustentabilidad y equilibriodel ambiente en la comunidad de la cual forme parte, así como programas que permitan la participación de los integrantes de la comunidad, a fin de hacer posible el ejercicio de su derecho a lacomunidad libre y plural, para ello deberán anunciar las formas a través de las cuales la comunidad podrá participar y además mensajes de solidaridad, de asistencia humanitaria y de responsabilidad social dela comunidad.
Los prestadores de servicios de radio y televisión comunitarios sin fines de lucro, deberán difundir diariamente un mínimo de 60 por ciento de producción comunitaria y en ningúncaso un mismo productor podrá ocupar más de 20 por ciento del período de difusión diario del preatador del servicio. Los artículos 13 y 14 fueron diferidos para el próximo jueves.
Caracas, 09 NovVenpres (Doris Carvajal).- De acuerdo al artículo 15 de la Ley de Responsabilidad social en Radio y Televisión (Ley Resorte) aprobado este martes en segunda discusión, los prestadores de servicios de radioy televisión comunitarios, sin fines de lucro, deberán difundir mensajes dirigidos a contribuir con el desarrollo, la educación para la recepción crítica de los mensajes, el bienestar y la soluciónde problemas de la comunidad de la cual formen parte.
Asimismo deben difundir mensajes que promuevan la conservación, mantenimiento, preservación, sustentabilidad y equilibrio del ambiente en la...
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