Articulos 937 al 986 del codigo civil de coahuila (analisis)
De las substituciones testamentarias
Art. 937.- puede haber personas que sustituyan a los herederos en caso de morir antes que lapersona que realizo el testamento o en caso de no kerer aceptar la herencia,
Art. 938.- quedaran prohibidas las substituciones fideicomisarias.
Art. 939.- Los substitutos pueden ser nombradosconjunta o sucesivamente.
Art. 940.- Los substitutos nombrados conjuntamente ocupan, en su caso, el lugar del heredero y serán solidarios tanto activa como pasivamente.
Art. 941.- el substituto ocupael lugar de heredero.
Art. 942.- el substituto excluye a los nombrados con ese carácter y que sean posteriores a el.
Art. 943.- los substitutos recibirán la herencia con los mismos gravámenes ycondiciones a excepción que el testador no lo disponga.
Art. 944.- los herederos instituidos su repartición fue reciproca, en los substitutos será de la misma manera a menos que el testador lodisponga de otra manera..(articulo innecesario ya que lo repite como tres veces)
Art. 945.- La nulidad de la substitución fideicomisaria no importa la de la institución,
Art. 946.- No se reputafideicomisaria la disposición en que el testador deja la propiedad del todo o de parte de sus bienes a una persona y el usufructo a otra
Art. 947.- se puede heredar a los hijos de los hijos, en estecaso los primeros quedaran como usufructuarios.
Art. 948.- Será nulo el articulo anterior cuando se hace a descendientes de ulteriores grados.
Art. 949.- otro articulo idiota que habla de que eltestador puede heredar usufructo de sus bienes totales o parciales y después legar nuda propiedad a los hijos de estos herederos.
Art. 950.- si no viven los legatarios a la muerte del testador, lanuda propiedad acrecerá al heredero.
Art. 951.- Se consideran fideicomisarias y en consecuencia prohibidas, las disposiciones que contengan prohibiciones de enajenar.
Art. 952.- la obligación...
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