ARTICULOS LEY LEPINA
Disposiciones Preliminares
Artículo 3.- Definición de niña, niño y adolescente
Los derechos y garantías otorgados en la presente Ley serán reconocidos a toda persona desde elinstante de la concepción hasta los dieciocho
años de edad.
Para los efectos de esta Ley, niña o niño es toda persona desde el instante mismo de la concepción hasta los doce añoscumplidos, y adolescente
es la comprendida desde los doce años cumplidos hasta que cumpla los dieciocho años de edad
Capítulo I
Derecho a la Vida
Artículo 16.-
Se reconoce el derecho a lavida desde el instante de la concepción. La familia, el Estado y la sociedad tienen la obligación de asegurar a la
niña, niño y adolescente su supervivencia, crecimiento óptimo y desarrollointegral en los ámbitos físico, mental, espiritual, psicológico y social en una forma compatible con la dignidad humana.
El Estado deberá crear políticas públicas y programas para laadecuada cobertura y atención prenatal, perinatal, neonatal y posnatal, así como
realizar intervenciones que permitan reducir la morbilidad y mortalidad materno infantil y de la niñez.
Todapersona tiene derecho a nacer en condiciones familiares, ambientales y de cualquier otra índole, que le permitan obtener su completo y normal desarrollo bio-psico-socia
DECLARACIONUNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente losunos con los otros.
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o decreencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
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