articulos medios de descontaminacion
asociadas a las formaciones geológicamente estables deben ser tales
que garanticen la estabilidad mecánica de la cavidad, lacorrecta
operación en la misma y la nula migración de residuos de la cavidad,
conforme a la norma oficial mexicana correspondiente o a un estudio
de vulnerabilidad del sitio de conformidad conel articulo 49 de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización.
Artículo 102.- Las obras superficiales de los confinamientos en
formaciones geológicamente estables deben diseñarse yconstruirse
con sujeción a los criterios establecidos en el artículo 96 del presente
Reglamento, así como en las especificaciones previstas en las normas
oficiales mexicanas.
La evaluación de lasinstalaciones del confinamiento se realizará
al concluir la construcción del mismo y antes de empezar con la
operación, para lo cual se deben realizar pruebas para confirmar la
integridad mecánica,estabilidad y volumen final del confinamiento.
Artículo 103.- La operación de un confinamiento en formaciones
geológicamente estables en su modalidad de domos salinos debe
sujetarse a lasdisposiciones contenidas en el artículo 99, fracción I,
de este Reglamento, además de las siguientes:
I. El medio de inyección de residuos a las cavidades puede ser
de dos tipos: vía húmeda o víaseca;
II. Los residuos peligrosos contaminados con hidrocarburos
compatibles entre sí, previamente acondicionados sin mezclarse con
otros residuos, se deberán inyectar vía húmeda;172 Ley Generalpara la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento
III. Los residuos peligrosos no contaminados con hidrocarburos
que sean compatibles entre sí, previamente tratados, se deberáninyectar vía seca;
IV. Se debe realizar un monitoreo continuo de las operaciones;
V. Se debe registrar la cantidad de los residuos ingresados a la
cavidad, y
VI. Suspender la operación del...
Regístrate para leer el documento completo.