articulos

Páginas: 5 (1245 palabras) Publicado: 18 de marzo de 2013
ACADEMIA INTERNACIONAL DE FORMACIÓN EN CIENCIAS FORENSES

PROFESOR: Roberto Toriz

ALUMNO:

GRUPO:V

TURNO: VESPERTINO














FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS PERITOS.

ART 121 del C.P.P.D.F En todos los delitos donde se requiera conocimientos especiales para su comprobación se utilizarán las pruebas de inspección ministerial o judicial y de peritos sinprejuicio de los demás.
ART 262 del C.P.P.D.F Siempre que para el examen de alguna persona o de algún objeto se requiera de algún experto se procederá con la intervención de peritos.
ART 163 del C.P.P.D.F Por regla general los peritos que examinen deberán de ser dos o mas pero bastará uno cuando haya peligro en el retardo o cuando el caso sea de poca importancia.
ART 168 del C.P.P.D.F Losperitos que acepten el cargo con excepción de los oficiales tienen la obligación de presentarse para que se les tome protesta legal.
ART 169 del C.P.P.D.F El juez fijará a los peritos el tiempo que deben desempeñar su cometido. Transcurrido este si no rinden su dictamen serán aprensados por el juez.
ART 170 del CP.P.D.F Siempre que los peritos nombrados discorden entre sí, el juez loscitará a una junta de peritos en los que se decidirá los puntos.
ART 171 del C.P.P.D.F Los peritos deberán de tener título oficial.
ART 173 del C.P.P.D.F Los testigos deberán de ser citados en la misma forma que los testigos.
ART 174 del C.P.P.D.F El juez y las partes harán las preguntas que se consideren oportunas.
ART 175 del C.P.P.D.F Los peritos practicarán todas las operaciones yexperimentos que sirvan de fundamento para el dictamen.
ART 177 del C.P.P.D.F Los peritos emitirán su dictamen por escrito.
ART180 del C.P.P.D.F La designación del perito deberá recaer en laspersonas que desempeñen este empleo.
ART 182 del C.P.P.D.F El juez podrá ordenar que asistan los peritos a alguna diligencia y que se impongan de todo el proceso o parte de él.
ART 261 del C.P.P.D.FNuestro dictamen no pobliga al ministerio público a hacernos caso.
ART 216 del C.P.P.D.F Se dictará las providencias por el ministerio público para que los testigos no se comuniquen.

ART 220 del C.F.P.P Siempre que para el examen de alguna persona o de algún objeto se requiera de algún experto se procederá con la intervención de peritos.
ART 220 Bis C.F.P.P Cuando el inculpado pertenezcaa un grupo etnico indigena, se procurara allegarse dictamenes periciales, a fin de que el juzgador ahonde en el conocimiento de su personalidad y capte su diferencia cultural respecto a la cultura media nacional.

ART 221 del C.F.P.P Los peritos que dictaminen seran dos o mas; pero bastara uno cuando solamente este pueda ser habido, o cuando el caso sea urgente.
ART 222 del C.D.P.P conindependencia de las diligencias de pericia desahogadas en la averiguacion previa, la defensa y el ministerio publico tendran derecho a nombrar hasta dos peritos en el proceso, para dictaminar sobre cada punto que amerite intervencion pericial. el tribunal hara saber a los peritos su nombramiento y les ministrara todos los datos que fueren necesarios para que emitan su opinion.
ART 223 del C.F.P.Plos peritos deberan tener titulo oficial en la ciencia o arte a que se refiere el punto sobre el cual deba dictaminarse, si la profesion o arte estan legalmente reglamentadas; en caso contrario, se nombraran peritos practicos.
ART 224 del C.F.P.P tambien podran ser nombrados peritos practicos cuando no hubiere titulados en el lugar en que se siga la instruccion; pero en este caso se libraraexhorto o requisitoria al tribunal del lugar en que los haya, para que en vista del dictamen de los practicos emitan su opinion.
ART 225 del C.F.P.P la designacion de peritos hecha por el tribunal o por el ministerio publico debera recaer en las personas que desempeñen ese empleo por nombramiento oficial y a sueldo fijo, o bien en personas que presten sus servicios en dependencias del gobierno...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Articulos
  • Articulos
  • Articulos
  • Articulaciones
  • Articulo
  • Articulos
  • Articulaciones
  • Articulo

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS