Articulo 62: Toda persona que se encuentre en territorio venezolano sea hombre o mujer, mayor de dieciocho (18) años de edad, tendrá la capacidad de intervenir o colaborar sin ninguna restricción enlas materias o asuntos jurídicos que sean de carácter público, ya sea directamente, o a través, de su representante electo.La colaboración de la sociedad en la formación, ejecución y control de laadministración pública es el medio final para lograr la difusión que garantice su progreso total, tanto individual como en agrupaciones. El estado está bajo la obligación y deber de la sociedadfacilitar la variedad de las condiciones más favorables para su uso.Articulo 57:Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediantecualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecer censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidadpor todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.
• Articulo 58: consagra el derechofundamental a la información, el cual consiste en el derecho que goza el receptor del mensaje de saber todo lo que pasa, ya que la información es un derecho de todos los ciudadanos y no un derecho propiode los periodistas. Es importante destacar que ya el derecho a la información lleva implícito, desde el punto de vista del receptor de la noticia, el derecho a instar por su objetividad. Se deduce,por tanto, que el derecho del informante a impartirla envuelve la obligación de objetividad al determinar su contenido
• Articulo 59:l Estado garantizará la libertad de religión y de culto. Todapersona tiene derecho a profesar su fe religiosa y culto y a manifestar sus creencias en privado o en público, mediante la enseñanza u otras prácticas, siempre que no se opongan a la moral, a las...
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