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Art. 15.- Principio de interés superior de niñas, niños y Adolescentes.- Los medios de comunicación promoverán de forma prioritaria el ejercicio de los derechos a la comunicación de las niñas, niños y adolescentes, atendiendo el principio de interés superior establecido en la Constitución y en el Código de la Niñez y la Adolescencia.
Que todo niño, niña y adolescente tienen el plenodisfrute de sus derechos, deberes y responsabilidades. Este artículo apoya la protección infantil y adolescente para que su voz sea escuchada y sus derechos promovidos y tomados en cuenta, ya que hoy en día podemos ver casos de niños y la relación con sus pares y familia la cual puede convivir con situaciones o momentos desagradables en el que el niño o adolescente no está siendo respetado y tratadocomo tal.
Art. 16.- Principio de transparencia.- Los medios de comunicación social difundirán sus políticas editoriales e informativas y su código deontológico en portales web o en un instrumento a disposición del público.
En mi opinión, con la tecnología avanzada de hoy en día se puede decir que no solo la comunicación se tiene que remitir y transmitir por periódicos impresos o informativostelevisivos, sino ir más allá y que la información sea transmitida en todo medio, siendo la web la más utilizada actualmente, en la que las personas pueden observar por medio de internet toda noticia nacional e internacional, en todo campo o contexto.
Art. 17.- Derecho a la libertad de expresión y opinión.- Todas las personas tienen derecho a expresarse y opinar libremente de cualquierforma y por cualquier medio, y serán responsables por sus expresiones de acuerdo a la ley.
En este artículo trata de que las personas tienen derecho a opinar lo que ellos piensen y a expresarse pero con responsabilidad, es decir sin antes ofender a nadie. En mi parecer es importante ya que podemos dar a conocer lo que pensamos o sentimos expresándonos desde un punto de vista que puede ser erróneo oacertado, este se puede presentar por algún medio. Esto nos hace ser más responsables al emitir un criterio hacia las demás personas, medios, entre otros.
Art. 22.- Derecho a recibir información de relevancia pública veraz.- Todas las personas tienen derecho a que la información de relevancia pública que reciben a través de los medios de comunicación sea verificada, contrastada, precisa ycontextualizada. La verificación implica constatar que los hechos difundidos efectivamente hayan sucedido. La contrastación implica recoger y publicar, de forma equilibrada, las versiones de las personas involucradas en los hechos narrados, salvo que cualquiera de ellas se haya negado a proporcionar su versión, de lo cual se dejará constancia expresa en la nota periodística. La precisión implicarecoger y publicar con exactitud los datos cuantitativos y cualitativos que se integran a la narración periodística de los hechos. Son datos cualitativos los nombres, parentesco, función, cargo, actividad o cualquier otro que establezca conexidad de las personas con los hechos narrados. Si no fuese posible verificar los datos cuantitativos o cualitativos, los primeros serán presentados como estimacionesy los segundos serán presentados como suposiciones. La contextualización implica poner en conocimiento de la audiencia los antecedentes sobre los hechos y las personas que forman parte de la narración periodística. Si las personas que son citadas como fuentes de información u opinión tienen un interés específico o vinculación de orden electoral, política, económica o de parentesco en relación alas personas o a los hechos que forman parte de la narración periodística, esto deberá mencionarse como dato de identificación de la fuente.
En mi opinión, los ciudadanos tienen la necesidad de informarse de forma veraz y oportunamente y también en todo el ámbito social, político y económico. Es importante recibir información de importancia pública para poder enterarse de lo que pasa con el...
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