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INSTRUCTOR: Policía Segundo, Calixto Pineda Felipe de Jesús
ASUNTO: Tarea
TEMA: 10 Delitos Más Comunes en el D.F Y Artículos
ARTICULOS: 23, 24, 25, 26 De La Ley de Cultura Cívica
NOMBRE del Alumno: Sandoval Pérez Brayan Martin
GENERACION: 209 Grupo: 3
ARTICULOS DE LEY DE CULTURA CIVICA
Artículo23.- Son infracciones contra la dignidad de las personas;
I. Vejar o maltratar física o verbalmente a cualquier persona;
II. Permitir a menores de edad el acceso a lugares a los que expresamente les Esté prohibido; 25
III. Propinar a una persona, en forma intencional y fuera de riña, golpes que no le Causen lesión; y26
IV. Lesionar a una persona siempre y cuando las lesiones que se causen deAcuerdo al dictamen médico tarden en sanar menos de quince días.27En caso de que las lesiones tarden en sanar más de quince días el juez dejará a Salvo los derechos del afectado para que éste los ejercite por la vía que estime Procedente .La infracción establecida en la fracción I se sancionará con multa por el Equivalente de 1 a 10 días de salario mínimo o con arresto de 6 a 12 horas Lasinfracciones establecidas en las fracciones II y III se sancionarán con multa Por el equivalente de 11 a 20 días de salario mínimo o con arresto de 13 a 24 Horas .La infracción establecida en la fracción IV, se sancionará con arresto de
Veinticinco a treinta y seis horas. Sólo procederá la conciliación cuando el probable
Infractor repare el daño. Las partes de común acuerdo fijarán el monto del daño.28
Artículo 24.- Son infracciones contra la tranquilidad de las personas:
25 Reforma publicada en G. O. DF el 9 de junio de 2006
26 Reforma publicada en G. O. DF el 9 de junio de 2006
27 Adición publicada en G. O. DF el 9 de junio de 2006
28 Adición publicada en G. O. DF el 9 de junio de 200613
I. Prestar algún servicio sin que le sea solicitado y coaccionar de cualquier manera A quien loreciba para obtener un pago por el mismo. La presentación del infractor Sólo procederá por queja previa;
II. Poseer animales sin adoptar las medidas de higiene necesarias que impidan Hedores o la presencia de plagas que ocasionen cualquier molestia a los vecinos;
III. Producir o causar ruidos por cualquier medio que notoriamente atenten contra La tranquilidad o represente un posible riesgo a lasalud de los vecinos; 29
IV. Impedir el uso de los bienes del dominio público de uso común;
V. Obstruir con cualquier objeto entradas o salidas de inmuebles sin autorización Del propietario o poseedor del mismo;
VI. Incitar o provocar a reñir a una o más personas;
VII. Invitar a la prostitución o ejercerla, así como solicitar dicho servicio. En todo Caso sólo procederá la presentación delprobable infractor cuando exista queja Vecinal, y VIII. Ocupar los accesos de oficinas públicas o sus inmediaciones ofreciendo la Realización de trámites que en la misma se proporcionen, sin tener autorización Para ello. Las infracciones establecidas en las fracciones I y II se sancionarán con multa por
El equivalente de 1 a 10 días de salario mínimo o con arresto de 6 a 12 horas .Las infraccionesestablecidas en las fracciones III a VII se sancionarán con multa
Por el equivalente de 10 a 40 días de salario mínimo o con arresto de 13 a 24 horas.30
La infracción establecida en la fracción VIII se sancionará con arresto de 20 a 36 Horas.
Artículo 25.- Son infracciones contra la seguridad ciudadana:
I. Permitir el propietario o poseedor de un animal que éste transite libremente, oTransitar con él sin adoptar las medidas de seguridad necesarias, de acuerdo con
Las características particulares del animal, para prevenir posibles ataques a otras Personas o animales, así como azuzarlo, o no contenerlo;
II. Impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía pública, la libertad de Tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa
29 Reforma...
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