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recaudación y cobro sea solicitado a México, de conformidad con los tratados internacionales sobreasistencia mutua en el cobro de los que México sea parte, les serán aplicables las disposiciones de este
Código referentes a la notificación y ejecución de los créditos fiscales.
La Secretaría de Hacienday Crédito Público o las oficinas que ésta autorice recaudarán, de
conformidad con los tratados internacionales antes señalados, los impuestos y sus accesorios exigibles
por los Estados extranjeros.Artículo 5o.- Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan
excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicaciónestricta.
Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base,
tasa o tarifa.
Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicandocualquier método de interpretación jurídica.
A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común
cuando su aplicación no sea contraria a la naturalezapropia del derecho fiscal.
Artículo 6o.- Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho,
previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en queocurran.
Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su
causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan conposterioridad.
Corresponde a los contribuyentes la determinación de las contribuciones a su cargo, salvo disposición
expresa en contrario. Si las autoridades fiscales deben hacer la determinación, loscontribuyentes les
proporcionarán la información necesaria dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su causación.
Las contribuciones se pagan en la fecha o dentro del plazo señalado en las...
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