Artisticos
Artículo 126.- Los pueblos indígenas, como culturas de raíces ancestrales, forman parte de la Nación, del Estado y del pueblo venezolano como único, soberanoe indivisible. De conformidad con esta Constitución tienen el deber de salvaguardar la integridad y la soberanía nacional.
El término pueblo no podrá interpretarse en esta Constitución enel sentido que se le da en el derecho internacional.
Artículo 120.- El aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitat indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar laintegridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este aprovechamientopor parte de los pueblos indígenas están sujetos a la Constitución y a la ley.
Artículo 121.- Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica ycultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto. El Estado fomentará la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas, loscuales tienen derecho a una educación propia y a un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe, atendiendo a sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones.Organismos que protegen los indígenas
° ministerio de poder popular para los pueblos indígenas . creado en 2007 para implementar políticas destinadas alas comunidades indígenas
°el consejo nacional indio de Venezuela, conive . fue organizado en 1989 para promover la participación de los pueblos indígenas en la mejora de su situacióneconómica , además de buscar fortalecer su identidad cultural . conive agrupa alrededor de 60 organizaciones indígenas y en su consejo interétnico hay representantes de 32 pueblos indígenas
Regístrate para leer el documento completo.