Artuculos
ARTÍCULO 1239º: En lo que respecta al tiempo del pago este debe cumplirse en eltiempo estipulado en la obligación, pero sino lo hubieran establecido las partes, se aplica la regla de que la prestación se debe cumplir desde el día en que nace laobligación. No obstante, lo anterior, el cumplimiento de la obligación estará sujeta a la naturaleza y al alcance de la propia prestación. De manera tal que el deudor debecumplirla cuando razonablemente pudiera hacerlo. Ejemplo: Al comprometerse hacer un puente, no se estipula la fecha, no se puede cumplir en un solo día.
Pintar una cuadro,no se establece tiempo, no significa que puede demorar un mes cuando puede hacerlo en unos cuantos días.
En caso de insolvencia declarada judicialmente (concurso deacreedores o quiebra) las obligaciones pendientes se tornan exigibles en forma inmediata.
Los gastos extrajudiciales que ocasione el pago serán de cuenta del deudor.
Regístrate para leer el documento completo.