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1. Concepto de arrendamiento
«Un arrendamiento es cualquier acuerdo, con independencia de su instrumentación jurídica, por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una suma única de dinero o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un período de tiempo determinado, con independencia de que el arrendador quede obligado aprestar servicios en relación con la explotación o mantenimiento de dicho activo.»
Los arrendamientos se clasifican en arrendamientos financieros y en arrendamientos operativos. En los arrendamientos financieros se transfieren al arrendatario todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo, mientras que los arrendamientos operativos tienen carácter residual, esto es, que cuando nose den las circunstancias para calificar un arrendamiento como financiero, se considerará operativo. También se regulan las operaciones de lease-back y los arrendamientos de terrenos e inmuebles.
La calificación de los contratos en arrendamientos financieros u operativos depende de las circunstancias de cada una de las partes, por lo que podrán ser calificados de forma diferente por elarrendatario y el arrendador.
2. Arrendamientos financieros
2.1. Concepto
El concepto de arrendamiento financiero ha variado en relación a la definición que se contenía en el PGC de 1990. Se ha pasado de considerar como elemento determinante de la calificación de un contrato de arrendamiento como financiero, el que no existiesen dudas del ejercicio de la opción de compra al finalizar el contrato, aconsiderar como elemento determinante la transferencia sustancial de todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo sobre el que se realiza el arrendamiento.
PGC 1990
PGC 07
Cuando no existan dudas razonables de que se va a ejercitar la opción de compra.
Cuando se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo.
El criteriodel ejercicio de la opción de compra pierde importancia porque, a pesar que la norma presume que la transferencia de los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad se da cuando no existen dudas razonables de que se va a ejercitar la opción de compra, inmediatamente crea una excepción para el caso en que no exista opción de compra.
Se presume que se da la transferencia de los riesgos ybeneficios inherentes a la propiedad en los siguientes casos:
1. Si la propiedad del activo se transfiere al arrendatario al finalizar el plazo del arrendamiento.
2. Cuando el período de alquiler coincida o cubra la mayor parte de la vida económica del activo.
3. Si el valor actual de los pagos mínimos suponen un importe prácticamente igual al del valor razonable del bien arrendado al principio delcontrato.
4. Cuando las características del activo objeto del contrato de arrendamiento hacen que su utilidad quede restringida al arrendatario.
5. Si el arrendatario puede cancelar el contrato y las pérdidas que vaya a sufrir el arrendador las asume el arrendatario.
6. Cuando los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual recaen sobre el arrendatario.7. Si el arrendatario puede prorrogar el contrato de arrendamiento durante un segundo período, con unos pagos por arrendamiento sensiblemente inferiores a los del mercado.
2.2. Contabilidad del arrendatario
El arrendatario, al principio del contrato, registra un activo según su naturaleza, inmovilizado material o activo intangible, y un pasivo financiero por el mismo importe.
Tenemos laprimera diferencia en la contabilización de la firma del contrato. En el PGC 1990 se usaba la cuenta (217) Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero y según el PGC 07 el activo se califica según su naturaleza, es decir, si es un inmovilizado material lo registraremos como tal en una cuenta del nuevo subgrupo (21) Inmovilizaciones Materiales, y si es un activo intangible en una...
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