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La preocupación de la ComunidadInternacional acerca de los derechos llamados de tercera generación o también conocidos como los derechos colectivos se manifiestan a partir del resurgimiento del Derecho Internacional contemporáneo; es deciruna vez culminada la segunda guerra mundial.
Estos derechos de tercera generación han ido de la mano con la evolución que el derecho internacional ha asumido tanto como derecho positivo y derechoconsuetudinario logrando así que emerjan en la escena internacional nuevos sujetos de derecho internacional capaz de poseer esa subjetividad internacional para ser considerados como tal: LOS PUEBLOS.Es así que las distintas normas internacionales en la materia, empezando por la Carta de las Naciones Unidas de 1945 en su artículo 55, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de lasPoblaciones Indígenas de 1994, el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de 1989, el Pacto de los derechos Económicos, Sociales y Culturales, El Pacto de los derechos Civiles y Políticos ambosde 1966 y la Declaración Americana sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, entre otros; le dan a los pueblos el reconocimiento de derechos subjetivos e inherentes a ellos, tales como el de lalibre autodeterminación, el derecho al Desarrollo, el derecho a un medio Ambiente sano; y otros que se desprenden de los ya señalados.
Es entonces; para la Comunidad Internacional importante sintetizary condensar todos esos derechos reconocidos a los Pueblos en una clasificación única: LOS DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN.
Las discusiones acerca de estos derechos colectivos son interminables;pero es en el ámbito internacional donde se ha desarrollado toda una doctrina consistente la cual sustenta el fundamento de la necesidad de la aplicación y reconocimiento de estos derechos colectivos....
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