Asistencia Religiosa en Hospitales
MINISTERIO DE SALUD
DPTO. ASESORIA JURÍDICA
REGLAMENTO SOBRE ASISTENCIA RELIGIOSA EN RECINTOS HOSPITALARIOS
Nº 94 de 2007
Publicado en el Diario Oficial de 17.09.08
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES
APRUEBA REGLAMENTO SOBRE ASISTENCIA RELIGIOSA EN RECINTOS HOSPITALARIOS
Publicado en el DiarioOficial de 17.09.08
Nº 94.-
Santiago, 17 de agosto de 2007.-
Visto: Lo dispuesto en la letra c), del artículo 6º de la Ley Nº 19.638; lo establecido en los artículos 7º y 8º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763 de 1979 y de las leyes Nº 18.469 y Nº 18.933; en los artículos Nos 25 y 28 del DecretoSupremo Nº 136 del año 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento de esta Secretaría de Estado; en el artículo Nº 34 del Decreto Supremo Nº 140 del año 2004 del Ministerio de Salud; el artículo 586 del Código Civil; en el Decreto Supremo Nº 351, del año 2000, del Ministerio de Salud, Reglamento Sobre Asistencia Religiosa en Recintos Hospitalarios; en el Decreto Supremo Nº 19, de 2001, del MinisterioSecretaría General de la Presidencia; en el artículo 32, número 8º de la Constitución Política del Estado; y en la Resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la Republica, y
Considerando:
1. Que, el artículo 19 Nº 6 de la Constitución Política de la Republica garantiza a todas las personas la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y ejercicio libre detodos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público.
2. Que, la Ley Nº 19.638 faculta a la Presidenta de la República para que, a través del Ministerio de Salud, regule mediante reglamento la forma y condiciones del acceso a pastores, sacerdotes y ministros del culto, para otorgar asistencia religiosa en recintos hospitalarios.
3. Que, de acuerdo alinciso 2º del artículo 34 del Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, en los establecimientos de salud pertenecientes a dichos Servicios se garantizará a los enfermos el absoluto respeto a sus creencias y prácticas religiosas y se otorgarán facilidades a quienes soliciten servicios religiosos de cualquier confesión, permitiendo el ingreso debidamente autorizado de los respectivos ministrospara que asistan al enfermo en el más breve plazo.
4. Que, la Subsecretaría de Redes Asistenciales en conjunto con los diversos credos religiosos que tienen presencia en el Sistema Nacional de Servicios de Salud han trabajado en un nuevo texto para el Reglamento de Asistencia Religiosa en Recintos Hospitalarios.
Decreto:
1.- Apruébase el siguiente Reglamento sobreAsistencia Religiosa en Recintos Hospitalarios:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º: El presente Reglamento fija la forma y condiciones en que se llevará a cabo el acceso de ministros de culto, pastores, sacerdotes, rabinos, diáconos y demás personas autorizadas por sus respectivas iglesias, a los establecimientos asistenciales del Sistema Nacional de Servicios deSalud, con el objeto de prestar asistencia religiosa de su propia confesión al interior de dichos recintos.
Las personas que realicen actividades de asistencia religiosa al interior de los establecimientos asistenciales deberán siempre observar una conducta que no perturbe el normal funcionamiento de ellos y que respete el debido cuidado de los pacientes. La contravención a lo anterior, así comocualquier acto que se oponga a la moral, a las buenas costumbres o al orden público facultará al Director del Hospital para solicitarle a los responsables que abandonen el recinto, sin perjuicio de los recursos administrativos o judiciales correspondientes.
Artículo 2º: Toda persona internada en un centro hospitalario tiene derecho a profesar la creencia religiosa que libremente ha elegido o...
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