Asociación en Participación en México
¿Qué es?
Es un contrato mercantil por medio del cual:
1.- Una persona (denominada asociante),
2.- concede a otra u otros (llamados asociados),
3.- que leaporten bienes y servicios,
4.- una participación en las utilidades y en las pérdidas,
5.- de una negociación mercantil o de uno o varias operaciones de crédito.
Fundamento
Este contrato se regulaconforme a lo establecido en los artículos 252 al 259 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Formalidad
El contrato de Asociación en Participación debe constar por escrito y no estará sujeto aregistro de manera obligatoria, pero si se desea darle más formalidad puede hacerse ante Notario Público e inscribirlo en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio; o si se desea, eninstrumento privado, ratificando las firmas ante Notario para dar certeza a los firmantes.
Efectos legales
En esta modalidad de contrato el asociante obra en nombre propio, no transmite la propiedad yel dominio o derechos de su empresa o negocio.
Es importante destacar que aunque se encuentra previsto en la LGSM, el Contrato de Asociación en Participación no es una sociedad mercantil, y no tienepersonalidad jurídica propia, ni razón social o denominación; excepto para efectos fiscales.
Cabe aclarar que, pese a que se ha celebrado un contrato con motivo de asociarse para participar de losrendimientos y/o las pérdidas de un negocio, no habrá relación jurídica entre los terceros y los asociados, solamente aparece la relación del asociante y terceros, puesto que el asociante actúa ennombre propio. El vínculo es interno entre el asociante y asociado. Los derechos y obligaciones con los terceros son únicamente del asociante.
Obligaciones
Derivado de la suscripción del contrato,el asociante tendrá las siguientes obligaciones:
1.- Administrar, dirigir y vigilar los trabajos de la negociación o empresa;
2.- Permitir la inspección y revisión del funcionamiento y gastos de la...
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