ASOCIACION EN PARTICIPACIÓN
CARACTERISTICAS DE LA ASOCIACION EN PARTICIPACIÓN.
REALIZA: Actividades comerciales y actos de comercio
INTEGRANTES: Asociante (Representa) y Asociado.
APORTACIONES: Bienes y servicios.
PARTICIPACION DE: utilidades y pérdidas.
El contrato de Asociación en Participación, se encuentra regulado en los artículos 252 al 259 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los cualestutelan:
ARTICULO 252.- La asociación en participación es un CONTRATO por el cual una persona concede a otras que le aportan bienes o servicios, una participación en las utilidades y en las pérdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio.
Encontramos pues, que el fisco legislador fue más allá al regularlo en el Título II de las Personas Morales, puesto que ésteartículo 252 de la Ley General de Sociedades Mercantiles especifica que es un contrato (acuerdo privado de dos o más voluntades) por medio del cual podrán participar de las utilidades y las pérdidas que se generen entre los sujetos que participen de ella; así como vale la pena comentar que puede utilizarse para un solo acto del comercio, o bien, en su caso, para varios actos del comercio o comoherramienta de alianza y crecimiento empresarial.
Sexta Época. Instancia: Tercera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Tomo: LXXVI, Cuarta Parte. Página: 22. ASOCIACION EN PARTICIPACION, CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE. De acuerdo con el artículo 252 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la asociación en participación es un contrato por el cual una persona, llamada elasociante, concede a otra llamada el asociado, una participación en las utilidades y en las pérdidas de una negociación mercantil o de una o varias operaciones de comercio, a cambio de la aportación de bienes o servicios del asociado. LA ESENCIA DE LA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN RADICA EN QUE SE TRATA DE UNA SOCIEDAD OCULTA QUE SÓLO RIGE O SURTE EFECTOS ENTRE LAS PARTES QUE LA CONSTITUYEN, SIN QUE EXISTASIGNO APARENTE QUE LA DENOTE, YA QUE CARECE DE PERSONALIDAD JURÍDICA, DE RAZÓN Y DE DENOMINACIÓN, SEGÚN LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 253 DEL MISMO ORDENAMIENTO, Y POR ESTO EL ARTÍCULO 256 DETERMINA QUE EL ASOCIANTE OBRA EN NOMBRE PROPIO Y QUE NO HABRÁ RELACIÓN JURÍDICA ENTRE LOS TERCEROS Y LOS ASOCIADOS. Persiguiendo este mismo afán de mantener oculta la asociación, la Ley establece en el artículo 257,que respecto de terceros, los bienes aportados pertenecen en propiedad al asociante, a no ser que por la naturaleza de la aportación fuere necesaria alguna otra formalidad, o que se estipule lo contrario y se inscriba la cláusula relativa en el Registro Público de Comercio del lugar donde el asociante ejerce el comercio, y agrega este artículo que aun cuando la estipulación no haya sidoregistrada, surtir sus efectos si se prueba que el tercero tenía o debía tener conocimiento de ella.
Ahora, cabe aclarar que el Fisco Legislador, está imposibilitado a modificar instituciones jurídicas que han sido reguladas en materia civil o mercantil de manera alguna, tal es el caso de que nuestra Ley del Impuesto Sobre la Renta actual (tal era el caso de la anterior en vigor hasta el 31 de diciembrede 2001), establece que al darse la voluntad de dos o más sujetos y establecer la regulación de éstas a través de un contrato de asociación en participación, deberán considerar su tratamiento jurídico fiscal en el Titulo II de las Personas Morales, y esto conlleva forzosamente a que los participantes reciban por sus utilidades el tratamiento de dividendos, lo cual nuestra Suprema Corte de...
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