Asociacion Religiosa
Son congregaciones que tienen como fin el ejercer culto a una divinidad; para efectos fiscales, se considerarán a las iglesias y demás agrupaciones que obtengan su correspondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación, en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ya que es a través de este registro como se obtiene lapersonalidad jurídica.
• En qué régimen fiscal se deben inscribir o dar de alta
• Cómo deben inscribirse en el RFC
• Cómo deben mantener actualizada su situación fiscal ante el RFC
• Qué impuestos deben declarar
• Qué obligaciones fiscales deben cumplir
• Qué pasa si omiten cumplir con alguna obligación fiscal, si cumplen incorrectamente o de manera extemporánea
• Qué deben hacer si dejan derealizar actividades
• Qué facilidades administrativas tienen
• Artículos relacionados de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
• ( 303 kB) Preguntas y respuestas
• ( 1.23 mB) Régimen aplicable a las Asociaciones Religiosas 2012
Iglesia
(lat. ecclesia - gr. ekklesía, asamblea)
Congregación de fieles que siguen la religión fundada por Jesucristo.
REGISTROCONSTITUTIVO
Artículo 7 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público
Los solicitantes del registro constitutivo de una asociación religiosa deberán acreditar que la iglesia o la agrupación religiosa:
I. Se ha ocupado, preponderantemente, de la observancia, práctica, propagación, o instrucción de una doctrina religiosa o de un cuerpo de creencias religiosas;
II. Ha realizadoactividades religiosas en la República Mexicana por un mínimo de 5 años y cuenta con notorio arraigo entre la población, además de haber establecido su domicilio en la República;
III. Aporta bienes suficientes para cumplir con su objeto;
IV. Cuenta con estatutos en los términos del párrafo segundo del artículo 6o.; y,
V. Ha cumplido en su caso, lo dispuesto en las fracciones I y II delartículo 27 de la
( 1 kB) Constitución. (. Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas. El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros, siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse comonacionales respecto de dichos bienes y en no invocar por lo mismo la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjerosadquirir el dominio directo sobre tierras y aguas.
El Estado de acuerdo con los intereses públicos internos y los principios de reciprocidad, podrá, a juicio de la Secretaría de Relaciones, conceder autorización a los Estados extranjeros para que adquieran, en el lugar permanente de la residencia de los Poderes Federales, la propiedad privada de bienes inmuebles necesarios para el servicio directo desus embajadas o legaciones.
II. Las asociaciones religiosas que se constituyan en los términos del artículo 130 y su ley reglamentaria tendrán capacidad para adquirir, poseer o administrar, exclusivamente, los bienes que sean indispensables para su objeto, con los requisitos y limitaciones que establezca la ley reglamentaria)
Un extracto de la solicitud del registro al que se refiere esteprecepto deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
RÉGIMEN FISCAL EN QUE SE DEBEN INSCRIBIR LAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS
Las asociaciones religiosas constituidas en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público podrán cumplir con sus obligaciones fiscales en los términos del Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), es decir, en el régimen...
Regístrate para leer el documento completo.