Asociaciones religiosas
Impuesto sobre la Renta
2.- ¿Existe alguna excepción a la regla general de no pago del impuesto sobre la renta? Sí, cuando vendan algún bien inmueble. En este caso el impuesto sería sobre la ganancia obtenida por la venta y se pagaría mediante retención a cargo del notario que formalice la operación, también si perciben ingresos por intereses y premios, cubriéndose el impuestorespectivo mediante retención que realicen las personas que hagan los pagos y considerando dichas retenciones como pago definitivo del ISR. Fundamento legal: Art. 94, 154, 158, 160, 162 y 163 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y el Rubro A, fracción I, inciso c) de la Resolución emitida por el SAT mediante el Oficio 600-04-06-2010-66588 del 11 de febrero de 2010.
3.- ¿Paga impuestos por losintereses que recibe una iglesia de una cuenta maestra o de alguna inversión que tenga en el banco? Sí se paga impuesto sobre la renta por los intereses que perciban las Asociaciones Religiosas. Este impuesto lo retiene directamente el banco que pague los intereses considerando dicha retención como pago definitivo del ISR. Fundamento legal: Artículos 94, 158, y 160 Ley del Impuesto sobre la Renta, asícomo el Rubro A, fracción I, inciso c), de la Resolución emitida por el SAT mediante el Oficio 600-04-06-2010-66588 del 11 de febrero de 2010.
4.- ¿Qué efecto fiscal tendría la venta de un inmueble propiedad de una Asociación Religiosa? El efecto fiscal que se tendría es el de cubrir el impuesto sobre la renta que corresponda por la ganancia que en su caso se obtenga. En este caso, el notario ofedatario público es el responsable de retener y enterar el impuesto que resulte. Fundamento legal: Artículos 94 y 154 Ley del Impuesto sobre la Renta, así como el Rubro A, Fracción I, inciso c) de la Resolución emitida por el SAT mediante el Oficio 600-04-06-2010-66588 del 11 de febrero de 2010.
5.- ¿Qué tratamiento tendrán los ingresos de enajenaciones distintas de su activo fijo o serviciosprestados a personas distintas de sus miembros? En el caso de que las asociaciones religiosas enajenen bienes distintos de su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, y siempre que los ingresos obtenidos por tales conceptos excedan de 5% de sus ingresos totales, deberán determinar el impuesto que corresponda aplicando la tasa del 30% a la utilidad determinada por los...
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