Aspecto Legales ( Enfermeria Ley y Etica)
- Facultades:
Subsistir a perpetuidad, a los fines de su creación, bajo el nombre del "Colegio de Profesionales de la Enfermería de Puerto Rico, Inc. Poseer y usar un selloque podrá alterar a su voluntad.
Adoptar un reglamento interno, que será obligatorio para todos los miembros, el cual podrá ser enmendado en la forma y bajo los requisitos que en el mismo seestablezcan. Nombrar sus directores/as y funcionarios/as u oficiales, los/as cuales constituirán la Junta del Colegio.
Formular, adoptar e implantar con la Junta Examinadora de Enfermeras y Enfermeros dePuerto Rico, los cánones de ética profesional que rigen la conducta de los colegiados. Establecer y promover las funciones, categorías y estándares para la práctica de la enfermería profesional y laevaluación de ésta según disposición de la Ley Núm.11del 30 de junio de 1976, y la Ley Núm. 9 de 11 de octubre de 1987. Representar a todos/as colegiados/as y tener autoridad para hablar a nombre deellos/as, ante otros grupos profesionales y ante el público en general a nivel local e internacional, de acuerdo con los términos de la Ley Núm. 82 de este Reglamento y de las decisiones adoptadas porlos/as colegiados/as. Recibir las querellas que sean sometidas a la Junta respecto a la conducta de un colegiado/a. Estas serán referidas a la Comisión de Etica, Querellas y Agravios para que seaninvestigadas y procesadas de acuerdoa las normas y procedimeintos que a estos fines están establecidos. Adquirir derechos, bienes, muebles, inmuebles y cualesquiera fondos, por donación, legado,contribuciones, compra, traspasos, cesiones, subsidios, asignaciones, anticipos, préstamos o de cualquier otro modo legal, tanto del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, como el Gobierno Federal o susagencias o de personas o entidades particulares. Podrá poseer, hipotecar, arrendar, administrar y dispone de dichos bienes en forma legal de acuerdo con su reglamento. Ejercitar las facultades incidentes...
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