Aspectos cooperativas
Condiciones del Seniat
¿Las cooperativas pagan impuestos?
28-03-07. El 31 de marzo, vence el plazo para la declaración anual del Impuesto sobre la Renta. Tanto las personasnaturales (con ingresos mayores a 1000 unidades tributarias) como las personas jurídicas deben declarar este impuesto, siempre que sean contribuyentes, es decir que no se encuentren exonerados o exentosde cumplir con esta obligación, pero el lapso de su declaración depende de la fecha de terminación de su ejercicio anual. La mayoría de las empresas culminan este lapso el 31 de diciembre y por lotanto también declaran antes de este 31 de marzo.
Las cooperativas se encuentran taxativamente exentas, de acuerdo a lo señalado en el art. 14 de la Ley (De las exenciones), en su literal 11: “Lasinstituciones de ahorro y previsión social, los fondos de ahorros, de pensiones y de retiro por los enriquecimientos que obtengan en el desempeño de las actividades que le son propias. Igualmente, lassociedades cooperativas cuando operen bajo las condiciones generales fijadas por el Ejecutivo Nacional”.
Para el Seniat, estas condiciones son:
1. Que la cooperativa se encuentre formalmente registrada.2. Que desarrolle una actividad lícita, que no se encuentre reservada con exclusividad por el Estado.
3. Que sus ingresos se correspondan con la actividad para la cual está autorizada.
4. Quecuenten con la certificación de cumplimiento emitida por la Superintendencia de Cooperativas.
Para obtener esta certificación se deben cumplir las formalidades establecidas en la providenciaadministrativa No. 095-06, que se puede conseguir en www.sunacoop.gob.ve
Para obtener el pronunciamiento del Seniat, la cooperativa debe dirigirse a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Seniat,acompañando los siguientes recaudos: Copia simple del documento constitutivo, registro de información fiscal (RIF) y el certificado de cumplimiento emitido por la Superintendencia de Cooperativas....
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