Aspectos Importantes De La Miscelanea Fiscal 2011
Publicada en el D.O. del 28 de Dic. Del 2011
Régimen fiscal a utilizar en la emisión de comprobantes fiscales
I.2.7.1.3. Para los efectos del artículo 29-A, fracción I del CFF, los contribuyentes a que se refieren las reglas I.2.8.3.1.9. y I.2.8.3.1.7., así como la Subsección I.2.8.3.2., cumplirán con el requisito de señalar en loscomprobantes fiscales el dato del régimen fiscal en el que tributan, cuando en dichos comprobantes indiquen el sector al que pertenecen, ya sea primario, del uso o goce temporal de bienes, sector minero, o bien pignorantes según corresponda.
CFF 29-A, RMF 2012 I.2.8.3.2., I.2.8.3.1.7., I.2.8.3.1.9.
Identificación de vehículo de persona física integrante de coordinado
I.2.7.1.4. Para los efectosdel artículo 29-A, fracción V, segundo párrafo, inciso a) del CFF, los comprobantes que utilicen las personas físicas integrantes del coordinado, que opten por pagar el impuesto en forma individual, a fin de identificar el vehículo que les corresponda, además de señalar su clave del RFC, deberán contener lo siguiente:
I. La clave vehicular a que se refiere la regla I.2.7.1.7.
II. Número de placao el folio del permiso de circulación del vehículo que corresponda.
CFF 29-A, RMF 2012 I.2.7.1.7.
Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales
I.2.7.1.5. Para los efectos del artículo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF, por unidad de medida debe entenderse a las unidades del Sistema General de Unidades de Medida a que se refiere la Ley Federal Sobre Metrologíay Normalización y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.
CFF 29-A
Requisito de folio en comprobantes de pago en parcialidades
I.2.7.1.6. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, tratándose de comprobantes fiscales que se expidan por cada parcialidad, se tendrá por cumplido el requisito de señalar el número del comprobante fiscal que se hubieseexpedido por el valor total de la operación, cuando se señale el folio fiscal asignado por el SAT para CFDI, del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación.
Para cumplir con los requisitos de señalar el monto y número de parcialidad, estos datos también deberán consignarse en el campo de la descripción del bien, del servicio o del uso o goce.
CFF 29-AIntegración de la clave vehicular
I.2.7.1.7. Para los efectos del artículo 29-A, fracción V, inciso e) del CFF, la clave vehicular se integrará, de izquierda a derecha, por los siete dígitos siguientes:
I. El dígito primero será el número que corresponda al vehículo en la siguiente clasificación:
0 Automóviles.
1 Camionetas.
2 Camiones.
3 Vehículos importados a la región fronteriza.
4 Vehículosimportados de la Unión Europea por personas físicas con actividades empresariales o por personas morales distintas de fabricantes o distribuidores autorizados.
5 Vehículos importados del Mercado Común del Sur por personas físicas con actividades empresariales o por personas morales distintas de fabricantes o distribuidores autorizados.
II. Los dígitos segundo y tercero, serán los que correspondanal número de empresa que sea asignado en los términos de la regla II.10.4. o el número 98 tratándose de ensambladores o importadores de camiones nuevos.
Tratándose de vehículos importados, los dígitos segundo y tercero, serán los que correspondan a su procedencia conforme a lo siguiente:
97 Mercado Común del Sur.
99 Unión Europea.
III. Los dígitos cuarto y quinto, serán los que correspondan alnúmero de modelo del vehículo de que se trate o el que asigne la Unidad de Política de Ingresos en los términos de la regla II.10.5., según se trate.
IV. Los dígitos sexto y séptimo, serán los que correspondan al número de versión del vehículo de que se trate.
Tratándose de vehículos eléctricos, no se integrará clave vehicular.
CFF 29-A, LFISAN 13, RMF 2012 II.10.4., II.10.5.
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