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[pic]Entidades deMedicina Prepagada, no pueden suspender atención o no renovar contrato, alegando autonomía de la voluntad.
LAS ENTIDADES PRESTADORAS DEL SERVICIO DE MEDICINA PREPAGADA NO PUEDEN DEJAR DE BRINDAR ATENCIÓN MÉDICA, ADUCIENDO AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD PRIVADA
Por Germán Plazas Muñoz.
En ocasiones, las personas encuentran que la entidad prestadora de medicina prepagada a la cual se encuentranvinculados, se niega a continuar el contrato argumentando autonomía contractual tanto para rechazar la afiliación de una persona a la que ya venían atendiendo, como para no renovar el contrato de medicina prepagada.
Según algunas entidades de salud, cuando se termina el contrato de medicina prepagada con un usuario, cesan los efectos y las condiciones de dicho contrato inicial, por lo que laentidad estaría en capacidad de aceptar o no una nueva afiliación.
En criterio de la Corte Constitucional, la entidad prestadora de servicio de medicina prepagada, no puede suspender la atención médica al trabajador, alegando autonomía contractual cuando se están vulnerando derechos fundamentales. En virtud de lo anterior, a pesar de existir la libertad de decidir con quién contratan o no, lasentidades de medicina prepagada no pueden negarse a afiliar o a renovar un vínculo, cuando la falta de atención médica afecta la eficacia en la protección derechos fundamentales del usuario.
En este sentido se pronunció el Alto Tribunal mediante sentencia T- 650 del 2007, al considerar:
“DE MANERA PUES QUE, DADA SU NATURALEZA JURÍDICA, LA EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS DE MEDICINA PREPAGADA DEBEESTAR GUIADA POR LOS PRINCIPIOS PROPIOS DEL DERECHO PRIVADO, ENTRE ELLOS LA AUTONOMÍA PRIVADA DE LA LIBERTAD, QUE LES PERMITE DECIDIR LIBREMENTE CON QUIÉN CONTRATAN Y SI CONTINÚAN O NO CON UN VÍNCULO COMERCIAL EXISTENTE, EN LA MEDIDA EN QUE SUSCRIBEN RELACIONES JURÍDICAS VOLUNTARIAS Y ADICIONALES, DISTINTAS A LAS DE CARÁCTER OBLIGATORIO PROPIAS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD. NOOBSTANTE, ESA LIBERTAD TIENE LÍMITES, COMO SE EXPLICÓ, PARA ALGUNOS CASOS EXCEPCIONALES EN LOS QUE LA SUSPENSIÓN DE LA ATENCIÓN MÉDICA OBJETO DEL CONTRATO VULNERA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS USUARIOS.”
Con el fin de proporcionar mayor claridad sobre este tema, a continuación se adjunta el texto completo de la Sentencia T- 650 del 2007.
Sentencia T-650/07
Referencia: expediente T-1603300
Acción de tutela de Augusto Javier Bohórquez Villabón contra la Organización Colsánitas.
Magistrada Ponente:
Dra. CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ
Bogotá, D.C., diecisiete (17) de agosto de dos mil siete (2007).
La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados CLARA INÉS VARGAS HERNÁNDEZ, JAIME ARAÚJO RENTERÍA y MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto 2591 de 1991, ha proferido lasiguiente,
SENTENCIA
En el proceso de revisión de los fallos proferidos por los Juzgados Cincuenta y Seis Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá y el Juzgado Cincuenta Penal del Circuito de la misma ciudad, los días 29 de enero y 12 de marzo de 2007, respectivamente, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Augusto Javier Bohórquez Villabón contra la...
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