Atencion Pre H
Rta: cumple quienes se basan en lo dispuesto en la ley general de la salud, nº 5395, decretoejecutivo nº 30571-s de 25 de junio del 2002, publicado en la gaceta nº 138 de 18 de julio del 2002 y otras disposiciones legales y reglamentarias vinculantes con la materia, se establece la normapara la habilitación de los servicios atención extra-hospitalaria de soporte avanzado, que incluye a las bases o centros de despacho y las ambulancias o unidades móviles.
Objetivo y Ámbito deAplicación
La presente normativa tiene como objetivo especificar las condiciones y requisitos que deben cumplir los Servicios de Atención en Extra hospitalaria, para garantizar que el servicio ofrecido cumplacon los requisitos de calidad, seguridad, equidad, igualdad y accesibilidad, para ser habilitados por el Ministerio de Salud.
Su ámbito de aplicación es nacional y aplica para los Servicios deAtención Extra-hospitalaria, públicos, privados o mixtos, fijos y ambulantes. Incluye las Ambulancias o unidades móviles de Soporte Avanzado Tipo A, terrestres, aéreas, acuáticas y las Bases o Centros deDespacho. No incluye vehículos para traslado de cadáveres.
2. Definiciones generales y símbolos:
Ambulancia aérea: vehículo aéreo con los requisitos que establezca la Dirección General de AviaciónCivil. El cual debe contar con camilla fija sujeta a la estructura del vehículo, y con el equipo y recurso humano descrito para la ambulancia tipo A.
Ambulancia Tipo A o de soporte avanzado: vehículo ounidad móvil en el cual se puede atender todo tipo de pacientes y el recurso humano está autorizado para realizar procedimientos invasivos, bajo supervisión médica.
Atención del paciente: actomédico, por medio del cual una persona con conocimientos de primeros auxilios o médicos, ayuda a otra persona que se encuentra en peligro de salud. Se rige por el Código de Ética del Colegio de Médicos...
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